Disposición 228/2011

Fecha de disposición12 Julio 2011
Fecha de publicación12 Julio 2011
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta32189

Martes 12 de julio de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.189 24 MINISTERIO DEL INTERIOR AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL Disposición N'º' 228/2011

Bs. As., 6/7/2011

VISTO la Ley N'º' 26.363, el Decreto N'º' 1787 del 5 de noviembre de 2008 y la Decisión Administrativa N'º' 477 del 6 de julio de 2010, y CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N'º' 26.363, se creó la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL (ANSV),

Organismo Descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR, con autarquÃa económicofinanciera, personerÃa jurÃdica propia y capacidad de actuación en el ámbito del derecho público y del privado.

Que mediante el Decreto N'º' 1787/08, se procedió a aprobar la estructura organizativa de dicho organismo, de las primeras y segundas aperturas de la misma; encomendando en el mismo acto las Responsabilidades Primarias y Acciones de la DIRECCION NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR Y ANTECEDENTES DE TRANSITO, de la DIRECCION NACIONAL DE OBSERVATORIO VIAL y de la DIRECCION DE CAPACITACION Y CAMPAÑAS VIALES del organismo.

Que en consecuencia, corresponde en esta instancia aprobar los niveles departamentales para las distintas áreas, con el fin de lograr la optimización de la gestión del organismo, en función de las competencias establecidas para cada una de las Direcciones indicadas en la presente.

Que mediante la Decisión Administrativa N'º' 477/10, se modificó el PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL, a fin de atender los gastos generados por la creación de cargos de planta permanente con el objeto de incorporar el personal necesario para desempeñarse en los departamentos cuya aprobación aquà se propicia.

Que la DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS, la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION y la DIRECCION DE ASUNTOS LEGALES Y JURIDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL han tomado la intervención que les compete.

Que la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades establecidas en el artÃculo 17'º del Decreto N'º' 1545/94 y artÃculo 7'º inciso b) de la Ley N'º' 26.363.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL DISPONE:

ARTICULO 1

'º — Apruébanse las aperturas inferiores correspondientes a los niveles de Departamento de la Dirección de Capacitación y Campañas Viales, de la Dirección de Sistema Nacional de Licencias de Conducir y de la Dirección de Sistema Nacional de Infracciones, ambas dependientes de la Dirección Nacional de Licencias de Conducir y Antecedentes de Tránsito, de la Dirección de EstadÃstica Vial y de la Dirección de Estudios en Seguridad de Infraestructura Vial y del Automotor ambas dependientes de la Dirección Nacional de Observatorio Vial, todas dependientes de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, de acuerdo al Organigrama,

Acciones y Dotación, que como Anexos la, lb, Ic, II y III forman parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 2

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archÃvese. — Lic. FELIPE RODRIGUEZ LAGUENS, Director Ejecutivo, Agencia Nacional de Seguridad Vial, Ministerio del Interior.

ANEXO Ia ANEXO Ib ANEXO Ic Martes 12 de julio de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.189 25

ANEXO II MINISTERIO DEL INTERIOR AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL DIRECCION DE CAPACITACION Y CAMPAÑAS VIALES DEPARTAMENTO DE CAPACITACION ACCIONES:

  1. Asistir técnicamente a la Dirección en la organización y dictado de cursos y seminarios en materia de Seguridad Vial, en el ámbito nacional, provincial y municipal.

  2. Coordinar acciones de fortalecimiento en materia de educación vial a alumnos de todos los niveles educativos, juntamente con el MINISTERIO DE EDUCACION de la Nación.

  3. Atender las demandas especÃficas de capacitación y formación provenientes de profesionales e instituciones públicas y privadas cuyo desempeño se vincule con la Seguridad Vial.

  4. Intervenir en la planificación y desarrollo de los cursos y seminarios especÃficos de capacitación que se dicten a los agentes de la Dirección de Control y Fiscalización Vial y del Taller Itinerante.

  5. Asistir a la Dirección en la organización de eventos, congresos y actividades culturales en materia de Seguridad Vial.

    DEPARTAMENTO DE COMUNICACION ACCIONES:

  6. Asistir a la Dirección en la planificación, diseño, desarrollo, preproducción y control de calidad...

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