Disposición 24/2011

EmisorCitaciones y Notificaciones, Concursos y Quiebras, Otros
Fecha de la disposición20 de Mayo de 2011

Viernes 20 de mayo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.154 20

CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO Disposición N'º' 23/2011

Registros N'º' 62/2011 y N'º' 63/2011

Bs. As., 18/1/2011

VISTO el Expediente N'º' 1.351.928/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004), la Ley N'º' 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 2 y 3/4 del Expediente citado en el Visto, obran las Actas Acuerdo celebradas entre la ASOCIACION DEL PERSONAL SUPERIOR DE EMPRESAS DE ENERGIA y la empresa CENTRAL DOCK SUD SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N'º' 930/07 “E” oportunamente suscripto entre las mismas, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º' 14.250 (t.o. 2004).

Que en el Acuerdo glosado a foja 2 de autos, las partes convienen el pago de una suma no remunerativa extraordinaria y por única vez, a abonarse conforme los plazos y demás condiciones allà pactadas, a partir del mes de marzo de 2009.

Que en el Acuerdo glosado a fojas 3/4 de autos, las partes convienen el incremento de los salarios de los trabajadores mediante el pago de sumas no remunerativas que se convierten en remunerativas, en los plazos allà establecidos.

Que las partes signatarias han ratificado las Actas Acuerdo ante el funcionario respectivo y acreditado en autos su personerÃa y facultades para negociar colectivamente.

Que el ámbito de aplicación de los presentes Acuerdos, se corresponden con la actividad desarrollada por la empleadora signataria y la representatividad del gremio interviniente, emergente de su personerÃa gremial.

Que se acreditaron los recaudos formales exigidos por la Ley N'º 14.250 (t.o. 2004).

Que se advierte que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten a principios, derechos y garantÃas contenidos en el marco normativo, comúnmente denominado “orden público laboral” ni de otras normas dictada protección del interés general.

Que por último corresponderÃa que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad con lo establecido en el ArtÃculo 245 de la Ley N'º' 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la AsesorÃa Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta surgen de lo normado por el Decreto N'º' 1304/09.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO DISPONE:

ARTICULO 1

'º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DEL PERSONAL SUPERIOR DE EMPRESAS DE ENERGIA y la empresa CENTRAL DOCK SUD SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N'º' 930/07 “E” oportunamente suscripto entre las mismas, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º' 14.250 (Lo. 2004), glosado a foja 2 del Expediente N'º' 1.351.928/09.

ARTICULO 2

'º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DEL PERSONAL SUPERIOR DE EMPRESAS DE ENERGIA y la empresa CENTRAL DOCK SUD SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N'º' 930/07 “E” oportunamente suscripto entre las mismas, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º' 14.250 (to. 2004), glosado a fojas 3/4 del Expediente N'º' 1.351.928/09.

ARTICULO 3

'º — RegÃstrese la presente Disposición en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento de Coordinación registre los presentes Acuerdos, obrante a fojas 2 y 3/4 del Expediente N'º' 1.351.928/09.

ARTICULO 4

'º — RemÃtase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 5

'º — NotifÃquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el ArtÃculo 245 de la Ley N'º' 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Cumplido ello, remÃtanse a Guarda de Convenios para su archivo junto al Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N'º' 930/07 “E”.

ARTICULO 6

'º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO,

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de los Acuerdos homologados y de esta Disposición, las partes deberán proceder conforme a lo establecido en el artÃculo 5 de la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 7

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Dra. SILVIA SQUIRE de PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo,

Ministerio de Trabajo; Empleo y Seguridad Social.

Expediente N'º' 1.351.928/09

Buenos Aires, 21 de enero de...

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