Disposición 29/2011

EmisorCitaciones y Notificaciones, Concursos y Quiebras, Otros
Fecha de la disposición20 de Mayo de 2011

Viernes 20 de mayo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.154 23

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 del Expediente N'º' 1.294.874/08 obra el Acuerdo celebrado por la ASOCIACION DEL PERSONAL SUPERIOR DE EMPRESAS DE ENERGIA, por la parte sindical y la empresa SACME SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empresaria, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º' 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes pactaron condiciones salariales, conforme surge de los términos y contenido del texto.

Que la vigencia del Acuerdo opera a partir del 1 de julio de 2008.

Que el texto convencional de marras se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Empresa N'º' 796/06 “E”.

Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la empresa signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personerÃa gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la AsesorÃa Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se procederá a remitir estas actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el ArtÃculo 245 de la Ley N'º' 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades del suscripto surgen de lo normado por el Decreto N'º' 454/10.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO DISPONE:

ARTICULO 1

'º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado por la ASOCIACION DEL PERSONAL SUPERIOR DE EMPRESAS DE ENERGIA, por la parte gremial y la empresa SACME SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empresaria, obrante a fojas 2/3 del Expediente N'º' 1.294.874/08, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º' 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2

'º — RegÃstrese la presente Disposición en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 2/3 del Expediente N'º' 1.294.874/08.

ARTICULO 3

'º — RemÃtase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4

'º — NotifÃquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el ArtÃculo 245 de la Ley N'º' 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo juntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N'º' 796/06 “E”.

ARTICULO 5

'º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Disposición, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el ArtÃculo 5'º de la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Lic. ADRIAN CANETO, Subdirector Nacional de Relaciones del Trabajo; Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente N'º' 1.294.874/08

Buenos Aires, 24 de enero de 2011

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT N'º' 28/11, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 105/11. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 15 dÃas del mes de julio de 2008, entre la empresa SACME S.A. por una parte, y por la otra, la Asociación del Personal Superior de Empresas de EnergÃa APSEE, representados por los abajo firmantes, respecto del personal comprendido en las Convenciones Colectivas suscriptas con dicha Entidad Gremial, se CONVIENE:

PRIMERO: Disponer que a partir del 1'º de julio de 2008, y hasta el 30 de agosto de 2008, se pagará a todo el personal del encuadre una suma fija no remunerativa y extraordinaria de SEISCIENTOS PESOS ($ 600.-).

SEGUNDO: A partir del 1'º de septiembre de 2008, y hasta el 31 de enero de 2009, se pagará a todo el personal del encuadre una suma fija no remunerativa y extraordinaria de TRESCIENTOS PESOS ($300.-) y un adicional remunerativo de TRESCIENTOS...

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