Disposición 271/2019

Fecha de publicación15 Agosto 2019
SecciónDisposiciones
EmisorADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Ciudad de Buenos Aires, 14/08/2019

VISTO la Disposición N° 290 (AFIP) del 21 de junio de 2002 y su complementaria, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la norma citada en el VISTO, se estableció que los importes en concepto de sueldo anual complementario, plus vacacional y contribuciones patronales sobre la nómina salarial, generados por los honorarios de Agentes Fiscales y Abogados que se distribuyen en función de lo previsto por el Artículo 98 de la Ley N° 11.683 (t.o. en 1998 y sus modificaciones), sean detraídos de las cuentas “Honorarios de Agentes Fiscales” y “Honorarios de Abogados” con carácter previo a la distribución de los saldos resultantes.

Que, a tales fines se tuvo en cuenta la opinión vertida por la Procuración del Tesoro de la Nación, máximo órgano de asesoramiento jurídico del Estado, en la que resaltó que no existían obstáculos jurídicos para que los adicionales de los honorarios, cuya forma de distribución esta Administración Federal está facultada a fijar (Artículo 98, Ley N° 11.683, t.o. en 1998 y sus modificatorias), se abonen con fondos provenientes de los mismos honorarios (ver, entre otros, Dictamen PTN 238:168 del 3 de agosto de 2001).

Que la Disposición N° 290/02 (AFIP) y su complementaria, fue convalidada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Fallos 330:4721).

Que en función de ello y de las erogaciones presupuestarias que genera la distribución de los honorarios en los conceptos de indemnización especial por jubilación, retiro por invalidez o fallecimiento, maternidad y riesgos de trabajo, se entiende procedente, la modificación, en su parte pertinente, de la Disposición N° 290 (AFIP) del 21 de junio de 2002 y su complementaria, a fin de contemplar la detracción de los importes generados por tales conceptos, de las cuentas citadas, y su vigencia.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Recursos Humanos y de Administración Financiera.

Que la...

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