Disposición 170/2011
Emisor | Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Creditos Prendarios |
Fecha de la disposición | 14 de Marzo de 2011 |
Lunes 14 de marzo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.109 19 (1) Sin perjuicio que toda la mercaderÃa que se documente a precios inferiores a los valores referenciales establecidos curse por canal rojo valor, sobre los valores indicados se considerará una tolerancia del 12% para las peras y del 15% para las manzanas, con el sólo objeto de priorizar e intensificar el control de valor sobre aquellas destinaciones de exportación que amparen mercaderÃas cuyos precios declarados se encuentren fuera de la misma.
ANEXO II RESOLUCION GENERAL N'º' 3058
PAISES DE DESTINO DE LAS MERCADERIAS GRUPO 1
438 ALEMANIA 406 BELGICA 409 DINAMARCA 410 ESPAÃA 412 FRANCIA 413 GRECIA 415 IRLANDA 416 ISLANDIA 417 ITALIA 420 MALTA 422 NORUEGA 423 PAISES BAJOS 424 POLONIA 425 PORTUGAL 426 REINO UNIDO 429 SUECIA GRUPO 2
444 RUSIA GRUPO 3
204 CANADA 212 ESTADOS UNIDOS GRUPO 7
202 BOLIVIA 203 BRASIL 205 COLOMBIA 208 CHILE 221 PARAGUAY 222 PERU 225 URUGUAY 226 VENEZUELA ANEXO III RESOLUCION GENERAL N'º' 3058
BAJAS DE VALORES REFERENCIALES PARA EXPORTACION % 19 % DISPOSICIONES % 19 % Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTORY DE CREDITOS PRENDARIOS Disposición 170/2011
Establécese la entrada en vigencia de la prueba piloto, correspondiente a la nueva operatoria de informatización del Sistema de Recaudación del Impuesto al Automotor.
Bs. As., 10/3/2011
VISTO el Convenio de Complementación de Servicios suscripto entre el GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS y esta DIRECCION NACIONAL con fecha 4 de noviembre de 1987 y su modificación suscripta con fecha 29 de noviembre de 1999, por conducto de la cual se instrumenta la informatización del Sistema de Recaudación del Impuesto al Automotor a cargo de los Encargados de los Registros Seccionales de la Propiedad Automotor y de los con competencia exclusiva en MotovehÃculos, correspondientes a la jurisdicción de la provincia de ENTRE RIOS, y CONSIDERANDO:
Que, a partir del dÃa 3 de mayo de 2010, por aplicación de las previsiones contenidas en la Disposición D.N. N'º' 326 de fecha 3 de mayo de 2010, se instrumentó, en carácter de prueba piloto, la operatoria de informatización del Sistema de Recaudación del Impuesto Automotor de la provincia de ENTRE RIOS prevista por el Convenio de Complementación de Servicios mencionado en el Visto, limitándose inicialmente a los Encargados de los Registros Seccionales de la Propiedad Automotor y de los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor con competencia exclusiva en MotovehÃculos de la ciudad de PARANA, provincia de ENTRE RIOS.
Lunes 14 de marzo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.109 20
Que, con posterioridad, mediante...
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