Disposición 2533.

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición17 de Marzo de 2017

Disposición 2533/2017

Buenos Aires, 15/03/2017

VISTO la Ley N° 18.284, su Decreto Reglamentario N° 2126/71 y sus modificatorios, las Disposiciones ANMAT N° 3714/13, N° 1675/14 y N° 8403/15 y el Expediente N° 1-47-2110-002605-16-1 del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), y

CONSIDERANDO:

Que el Estado Nacional viene impulsando en todas las esferas de la actividad pública el uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC\u2019s) a los fines de brindar seguridad, eficiencia y eficacia en la gestión de sus actuaciones.

Que en ese sentido esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), en el marco de la Disposición ANMAT N° 6889/10, desarrolla un proceso de despapelización gradual y progresiva, siendo uno de los organismos precursores en la incorporación de TIC\u2019s en la República Argentina.

Que el Reglamento General del Acceso a la Información Pública para el Poder Ejecutivo Nacional, aprobado por el Anexo VII del Decreto 1172/03, considera que el acceso a la información pública permite mejorar la calidad de vida de las personas al darle a éstas la posibilidad de conocer los contenidos de las decisiones que se toman día a día.

Que en ese sentido, la Ley N° 27.275 de Acceso a la Información Pública, publicada en el Boletín Oficial del día 29/9/2016 y cuya entrada en vigor está prevista al año de su publicación oficial, determina que este derecho comprende la posibilidad de buscar, acceder, solicitar, recibir, copiar, analizar, reprocesar, reutilizar y redistribuir libremente la información bajo custodia de la administración pública con las únicas limitaciones y excepciones que ella misma establece, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública, promover la participación ciudadana y la transparencia de la gestión pública.

Que de conformidad con la referida norma, se considera información pública todo tipo de dato contenido en documentos de cualquier formato que genere, obtenga, transforme, controle o custodie la administración pública nacional, incluidos los organismos descentralizados.

Que por su parte, uno de los ejes principales del Decreto N° 434/16 que aprobó el Plan de Modernización del Estado, es la Apertura de Datos e Información Pública, a través del fortalecimiento de las políticas y mecanismos de acceso a la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR