Disposición 255/2010

Fecha de disposición27 Agosto 2010
Fecha de publicación27 Agosto 2010
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31974

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBDIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

Disposición Nº 255/2010

Registro Nº 739/2010

Bs. As., 2/6/2010

VISTO el Expediente Nº 1.382.164/10 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, el Decreto Nº 454 de fecha 5 de abril de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 2 del Expediente Nº 1.382.164/10, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS CAPITAL Y GRAN BUENOS AIRES, por el sector gremial y METROGAS SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empresarial, conforme lo dispuesto por la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el mentado Acuerdo, se establece un incremento salarial conforme a los términos y condiciones estipulados.

Que corresponde indicar que idénticos agentes negociales han suscripto el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 996/08 "E" que se encuentra vigente.

Que el ámbito territorial y personal del acuerdo sub examine se corresponde con la actividad principal de la empresa signataria y la representatividad de la asociación sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que las partes han ratificado el contenido del texto convencional de marras, acreditando la personería y facultades para negociar colectivamente con las constancias obrantes en autos.

Que los Delegados del Personal han tomado la intervención que les compete en los términos del Art. 17 de la Ley 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que corresponde que una vez dictado el pertinente acto administrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de que evalúe la procedencia de elaborar el cálculo del tope previsto por el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que en virtud de lo expuesto, corresponder dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones...

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