Disposición 226/2010
Fecha de publicación | 26 Agosto 2010 |
Fecha de disposición | 26 Agosto 2010 |
Sección | Disposiciones |
Número de Gaceta | 31973 |
Jueves 26 de agosto de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.973 58 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO Disposición N'º226/2010
Registro N'º683/2010
Bs. As., 20/5/2010
VISTO el Expediente N'º1.365.991/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º14.250 (t.o. 2004), la Ley N'º20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que a foja 2 del expediente de referencia, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO ENCARGADOS APUNTADORES MARITIMOS Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa DOMPRA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º14.250 (t.o. 2004).
Que dicho acuerdo, las partes convienen que a partir del 1 de enero de 2010, la empresa firmante abonará al personal a su cargo que cumple función de âApuntador Bodegueroâ en el ámbito del establecimiento de Terminal 4 S.A., un jornal total diferenciado por valor de DOSCIENTOS VEINTIOCHO CON DOCE CENTAVOS PESOS ($228,12.-), acorde al texto pactado.
Que los celebrantes han aclarado que la empresa DOMPRA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA es prestadora de servicios portuarios de TERMINAL 4 S.A., a quien provee de personal.
Que el ámbito de aplicación del presente se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personerÃa gremial.
Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N'º14.250 (t.o. 2004).
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.
Que por otra parte, corresponderÃa que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar si procede el cálculo del tope previsto por el ArtÃculo 245 de la Ley 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que la AsesorÃa Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones...
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