Disposición 177.

Fecha de disposición09 Diciembre 2015
Fecha de publicación09 Diciembre 2015
SecciónAvisos Oficiales
MINISTERIO DE INDUSTRIA
SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA
Bs. As., 01/12/2015
VISTO el Expediente N° S01:0131262/2014 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 25.922 se creó el Régimen de Promoción de la Industria del Software, que prevé
beneficios para la industria del software y servicios informáticos.
Que por la Ley N° 26.692 se prorrogó el Régimen mencionado hasta el día 31 de diciembre de 2019 y se
implementaron modificaciones a los efectos de mejorar su funcionamiento.
Que el Decreto N° 1.315 de fecha 9 de septiembre de 2013 aprobó la Reglamentación de la Ley N°
25.922 y su modificatoria Ley N° 26.692 y creó, en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA de
la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE INDUSTRIA, el Registro Nacional de Productores
de Software y Servicios Informáticos de las Leyes N° 25.922 y su modificatoria N° 26.692.
Que mediante la Resolución N° 5 de fecha 31 de enero de 2014 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del
MINISTERIO DE INDUSTRIA, se dictaron las normas complementarias y aclaratorias para la mejor
aplicación del Régimen de Promoción de la Industria del Software.
Que mediante la Resolución N° 235 de fecha 7 de agosto de 2006 de la ex SECRETARÍA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, la empresa CODES S.A. (C.U.I.T. N° 30-69688928-3) se encuentra
inscripta desde el día 16 de febrero de 2006 en el Registro Nacional de Productores de Software y
Servicios Informáticos creado por el Artículo 1° de la Resolución N° 61 de fecha 3 de mayo de 2005 de la
ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN.
Que con fecha 30 de junio de 2014, la empresa CODES S.A. (C.U.I.T. N° 30-69688928-3) optó de
manera expresa y fehaciente por reinscribirse, dentro del plazo establecido por el Artículo 10 bis de la
Ley N° 25.922, modificada por la Ley N° 26.692, y el Artículo 15 del Anexo al Decreto N° 1.315/13,
mediante la presentación del formulario “on line” y la documentación respaldatoria del Anexo II de la
Resolución N° 5/14 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, conforme lo previsto en los Artículos 11, 12, 14
y 15 de esta última resolución.
Que la Dirección de la Pequeña y Mediana Empresa, Evaluación y Promoción Industrial de la Dirección
Nacional de Industria dependiente de la SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA de la SECRETARÍA DE
https://www.boletinoficial.gob.ar/pdf/linkQR/bWUxOEJ2cGJlbWMrdTVReEh2ZkU0dz09
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