Disposición 1415.

Fecha de disposición11 Enero 2017
Fecha de publicación11 Enero 2017
SecciónAvisos Oficiales

Disposición 1415/2016

San Carlos de Bariloche, 30/12/2016

VISTO la necesidad de actualizar el ordenamiento de las áreas de uso público libre a lo largo de los corredores turísticos terrestres más visitados del Parque Nacional Nahuel Huapi, cuyas actuaciones han recaído en el EXP-PNA 1117/2016, y

CONSIDERANDO:

Que por Disposiciones Nros. 67/2000 y 746/2000 se procedió oportunamente a listar y determinar las características de uso de todas las áreas libres del Parque Nacional.

Que sin embargo, y en atención al crecimiento de la demanda de este tipo de áreas por parte de los visitantes en los últimos dieciséis años, se han detectado muchos sitios, nuevos e históricos, que no se encontraban incluidos en los listados aprobados.

Que dicha situación ha generado múltiples complicaciones y conflictos a la hora de hacer cumplir las restricciones previstas, ya sea por la utilización de sitios históricos no incluidos, así como la generación de nuevas áreas espontáneas, temporada tras temporada, en atención a la saturación progresiva de muchos de ellos.

Que asimismo, por Disposiciones Nros. 100/1999, 130/1999 y 204/1999 se estableció la prohibición en el uso de fuego en todas las áreas de uso libre.

Que tal prohibición obedeció entre otras razones, a restricciones de tipo presupuestaria y de falta de recursos disponibles en aquel momento para combatir el fuego en caso necesario, así como a la imposibilidad de instalar fogones para el uso responsable del fuego.

Que dado el tiempo transcurrido, y en atención a que resulta necesario realizar un nuevo ordenamiento, se ha procedido a analizar y listar todas las áreas pasibles de uso libre en base a la experiencia y en consenso con el personal de Guardaparques y los Departamentos de Uso Público y Conservación y Educación Ambiental.

Que para dicha definición se han utilizado nuevos criterios y parámetros entre los cuales están: 1) si el sitio coincide con un área sensible para la conservación de una especie; 2) si cuenta o no con lugar de estacionamiento; 3) si constituye un sitio con alto riesgo de incendio; 4) si presenta riesgo de caída de árboles; 5) si puede o no habilitarse el uso de fuego; 6) si existe capacidad de control cercana; y 7) si ya cuenta con cartelería.

Que dichos criterios han considerado especialmente a las personas y el ambiente, de modo tal que las actividades puedan desarrollarse sin...

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