Disposición 1294. Prohibición de uso y comercialización.

Fecha de disposición10 Febrero 2017
Fecha de publicación10 Febrero 2017
SecciónDisposiciones

Disposición 1294/2017

Prohibición de uso y comercialización.

Buenos Aires, 08/02/2017

VISTO el Expediente N° 1-47-1110-001063-16-4 del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica; y

CONSIDERANDO:

Que por los actuados citados en el VISTO la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud (DVS), informa que por medio de la Orden de Inspección N° 2015/4994-DVS-4188 personal del Departamento de Uso Doméstico llevó a cabo una inspección de fiscalización de productos en el establecimiento comercial sito en Av. Rivadavia N° 2486 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sede el supermercado TOITO propiedad del Sr. CHEN XIAOYAN.

Que en el aludido procedimiento se relevó el siguiente producto domisanitario: LAVAVAJILLA MAGIC CLEAN, manos suaves, fraccionado y distribuido por Magic Clean, Mons. Marcón 5179, Tablada, PAMPS Expte. 4074546/03, vencimiento 12/2019, industria argentina, cont. neto 5 litros, sin datos de registro ante la ANMAT (RNE-RNPUD) ni lote.

Que asimismo la DVS informa mediante Informe Técnico I: 1606/05 de fecha 26/05/2016 que se adquirió en el establecimiento sito en Medrano N° 757, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sede del comercio HUANG ZHYONG el siguiente producto de la marca Magic Clean: AGUA LAVANDINA MAGIC CLEAN, blanquea, limpia, desinfecta, cont. Neto 1 litro, industria argentina, lote, fecha, elaboración y vencimiento ver sellado en el envase, PAMS: Expte. 4074-546/03, Marcón 5179, Tablada, Tel. 4699-7878, Prov. de Buenos Aires, Argentina, sin datos de registro ante la ANMAT (RNE-RNPUD) lote ni vencimiento.

Que por OI: 2016/3965-DVS-7737 personal del Departamento de Productos de Uso Doméstico de la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud, se constituyó en el domicilio de la calle Marcón N° 5179, localidad de La Tablada, Partido de la Matanza, Provincia de Buenos Aires, a los fines de realizar una inspección de reconocimiento del producto mencionado ut supra.

Que la DVS agrega que en dicha oportunidad la comisión observó que el portón de ingreso al domicilio se encontraba abierto, observándose la estiba de gaseosas en el interior, agregando que un empleado se acercó e informó a la comisión que actualmente allí operaba una distribuidora de bebidas, comentando que el establecimiento encargado de elaboración del producto en cuestión hace dos años que no opera en las instalaciones.

Que de acuerdo a las constancias obrantes en esta...

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