Disposición 10-E.

EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
Fecha de la disposición16 de Marzo de 2017

Disposición 10-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 09/03/2017

VISTO el Expediente EXP - S02:0123264/2016 del Registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA,

CONSIDERANDO:

Que en las presentes actuaciones el ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) ha solicitado a esta SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS, como Autoridad de Aplicación del Marco Regulatorio de los Servicios de Agua y Saneamiento aprobado por Ley 26.221 la emisión de un acto administrativo expreso asignando la titularidad los dos automotores que fueron transferidos y se encuentran en posesión de ese Ente Regulador como sucesor del ex ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS (ETOSS).

Que el artículo 1º de la Ley Nº 26.221 (B.O. 2/03/07) aprobó como Anexo 1 el Convenio Tripartito suscripto con fecha 12 de octubre de 2006 entre el entonces MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, la PROVINCIA DE BUENOS AIRES y el GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

Que el citado Convenio Tripartito dispone la creación del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) para ejercer las funciones de control y regulación de la prestación del servicio, los aspectos económicos de la concesión y la atención de los reclamos de los usuarios.

Que el artículo 1º del Convenio Tripartito dispuso la disolución inmediata del ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS (ETOSS), y los artículos 2º y 4º de la misma norma legal la creación, como entidades autárquicas, del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) y la AGENCIA DE PLANIFICACIÓN.

Que en el artículo 3º del Convenio Tripartito se estableció asimismo que el ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) debía continuar el trámite y resolución de las cuestiones pendientes derivadas de la anterior concesión de AGUAS ARGENTINAS S.A., así como atender consultas y reclamos de usuarios e intervenir en todos los casos que resulte necesaria su participación para colaborar con la defensa de los intereses del Estado Nacional en cuestiones vinculadas a la ex concesión.

Que a su vez, el artículo 20 del Marco Regulatorio aprobado como Anexo 2 de la Ley 26.221 ha definido el alcance de las autoridades de la concesión, estableciendo que las competencias correspondientes a la Autoridad de Aplicación, asignándola a esta SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS, entre cuyas funciones se mencionan las de "\u2026impartir las políticas, planes y programas vinculados con el...

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