Disposición 1-E.

EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición20 de Marzo de 2017

Disposición 1-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 16/03/2017

VISTO el Expediente Nº S01:0391520/2012, y su agregado sin acumular Expediente Nº S01:0007031/2013, ambos del Registro del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que la firma PLASTI SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT Nº 30-61650899-3) fue declarada beneficiaria del Régimen de Promoción Industrial instaurado por la Ley Nº 22.021 y sus modificatorias, mediante los Decretos Nros. 1.819 de fecha 23 de julio de 1986, 330 de fecha 11 de marzo de 1997 y 3.159 de fecha 18 de diciembre de 1997, todos ellos de la Provincia de SAN LUIS, para la fabricación de productos obtenidos por extrusión y laminado de materiales termoplásticos como polietileno de alta densidad, polietileno de baja densidad, polietileno lineal polipropileno y otros similares comunes o termocontraíbles, en forma de films, láminas y mantas, actividades incorporadas a los Grupos 3.560 y 3.420 del Decreto Reglamentario Nº 3.319 de fecha 21 de diciembre de 1979.

Que la Dirección General Impositiva dependiente de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del actual MINISTERIO DE HACIENDA, constató que la firma PLASTI SOCIEDAD ANÓNIMA incumplió lo dispuesto en el Artículo 8º, inciso b) de la Ley Nº 22.021 y sus modificatorias, y en el Artículo 1º del Decreto Nº 938 de fecha 6 de mayo de 1993, modificado por el Decreto Nº 1.650 de fecha 14 de noviembre de 2006.

Que por la Providencia de fecha 6 de septiembre de 2013 la SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS de la SECRETARÍA DE HACIENDA del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS actual MINISTERIO DE HACIENDA ordenó la instrucción del sumario a la titular del proyecto fabril por el presunto uso indebido de los Bonos de Crédito Fiscal IVA-COMPRAS por el período comprendido entre febrero de 2006 y abril de 2007.

Que como consecuencia de ello, se efectuó la notificación prevista en el Artículo 8º del Anexo I del Decreto Nº 805 de fecha 30 de junio de 1988, para que la sumariada haga su descargo y ofrezca las pruebas que hagan a su defensa.

Que en su descargo la sumariada señaló que el Gobierno de la Provincia de SAN LUIS, en su carácter de Autoridad de Aplicación del régimen de promoción, dictó el Decreto Nº 2.032 de fecha 13 de julio de 1999, mediante el cual dispuso que los beneficios fiscales a que se refiere el Artículo 8º, inciso b) de la Ley Nº 22.021 y sus modificatorios se extiende a todas las materias primas, semielaboradas e insumos necesarios para...

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