Disposición 1/2021

Fecha de publicación23 Febrero 2021
SecciónDisposiciones
EmisorCOMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77


Ciudad de Buenos Aires, 12/02/2021

VISTO:

La Resolución General C.A. N.° 2/2019 (texto ordenado mediante la Resolución General N.° 11/2020 –Anexo I–) que aprueba el Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra “SIRTAC” y la Disposición de Presidencia N° 7/2020 del 10 de diciembre de 2020; y,

CONSIDERANDO:

Que a través de la Disposición citada en el Visto, en cumplimiento de lo resuelto por el Comité de Administración SIRTAC (art. 4° de la Resolución General C.A. N.° 2/2019 –T.O. RG N.° 11/2020-Anexo I–, en reunión celebrada en el día 10 de diciembre de 2020, el Presidente de la Comisión Arbitral dispuso aplazar la operatividad del Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra “SIRTAC” al 1 de marzo de 2021 para los agentes de recaudación detallados en el anexo de la Disposición de Presidencia N° 7/2020, atendiendo a las razones técnico operativas invocadas por la Cámara de Tarjetas de Crédito y Compra (ATACYC) y la Cámara Fintech.

Que ATACYC solicita una nueva prórroga al 1 de abril, alegando la complejidad de los cálculos, la interconexión de los sistemas de liquidación e información y el volumen de las operaciones que el nuevo sistema implica, sumado a la necesidad de realizar pruebas que aseguren el correcto funcionamiento de los sistemas.

Que el Comité de Administración SIRTAC (art. 4° de la Resolución General C.A. N.° 2/2019 –T.O. RG N.° 11/2020-Anexo I–, en reunión celebrada en el día de la fecha, acordó (art. 7° de la Resolución General C.A. N.° 2/2019 –T.O. RG N.°...

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