Disposición 97/2009

Fecha de la disposición26 de Enero de 2010

Que con relación al ámbito personal y territorial de aplicación del acuerdo alcanzado, se establece para los trabajadores representados por la entidad sindical celebrante, comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo (C.C.T.) Nº 326/00 y que laboren para la ASOCIACION CIVIL UNIVERSIDAD CATOLICA DE SANTIAGO DEL ESTERO.

Que en cuanto a su ámbito temporal, se fija su vigencia a partir del día 15 de abril del año 2009, de conformidad con lo expresamente pactado por sus celebrantes.

Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la representación personal y territorial de la entidad sindical signataria emergente de su personería gremial y al sector de la actividad de la parte empresaria firmante.

Que por último, corresponde que una vez dictado el acto administrativo homologatorio del acuerdo de referencia, se remitan estas actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el cálculo del tope previsto por el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1º

Declárese homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE OBREROSY EMPLEADOS DE LA EDUCACIONY LA MINORIDAD por el sector sindical y la ASOCIACION CIVIL UNIVERSIDAD CATOLICA DE SANTIAGO DEL ESTERO por la parte empleadora, el que luce a fojas 5/7 del Expediente Nº 65.314/09 agregado como fojas 2 al Expediente Nº 65.268/09, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º

Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 5/7 del Expediente Nº 65.314/09 agregado como fojas 2 al Expediente Nº 65.268/09.

ARTICULO 3º

Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º

Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo a fin de determinar si resulta pertinente elaborar el proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245º de la Ley Nº 20.744 (t.o.

1976) y sus modificatorias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 326/00.

ARTICULO 5º

Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 65.268/09

Buenos Aires, 29 de junio de 2009

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 744/09 se ha tomado razón de acuerdo obrante a fojas 5/7 del expediente 65.314/09 agregado como fojas 2 al expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 648/09. -- VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO En la Ciudad de Santiago del Estero, a los once días del mes de mayo de 2008, siendo las 12:00 hs. en la Delegación Regional Santiago del Estero del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, se reúne la Comisión Negociadora constituida a los fines de lograr un Acuerdo Salarial integrada por representantes de la UNIVERSIDAD CATOLICA DE SANTIAGO DEL ESTERO y Representantes del SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA EDUCACION Y DE LA MINORIDAD (SOEME) en virtud a la presentación obrante en Expte. Nº 1-232-65.268/09, habiendo sido todos fehacientemente notificados. Preside la sesión el representante del Ministerio de Trabajo,

Empleo y Seguridad Social, Dr. Alejandro Ducca, Jefe de la Delegación Regional Santiago del Estero, en su carácter de Secretario Ad-Hoc de la referida Comisión el Sr. Dante Colombo Luccatelli; se encuentran por el sector empleador a los efectos de dar inicio al tratamiento al tema propuesto en la presentación obrante en el Expte citado precedentemente, por la UNIVERSIDAD CATOLICA DE SANTIAGO DEL ESTERO Dr. José Luís Navarro DNI Nº 14.754.519 y Dr. Luis Maria Alvarez Valdéz DNI Nº 12.391.923 y por el Sindicato de Obreros y Empleados de la Educación y de la Minoridad (SOEME) el Sr. Manuel Anglade DNI Nº 13.895.568 y la Sra. Aída Ruiz DNI Nº 13.511.756 acreditando todos los presentes las personerias invocadas a los fines de su participación según los instrumentos que se agregan a la presente.

Abierto el acto se pone en consideración los temas propuestos para ser tratados en la presente:

1) Acuerdo Salarial...

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