Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 3, 28 de Octubre de 2013, expediente 85240/2010

Fecha de Resolución28 de Octubre de 2013
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 3

Poder Judicial de la Nación Expte. N°:85240/2010

SENTENCIA INTERLOCUTORIA N°: 126228

AUTOS: “DIP ISMAEL C/ANSES S/REAJUSTES VARIOS”

CFSS – SALA III

BUENOS AIRES, 28 de octubre de 2013

EL DR. J.C.P.L. DIJO:

Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de esta instancia con motivo del recurso de apelación interpuesto a fs. 39 contra la sentencia dictada por la titular del Juzgado Federal n°5 del fuero, obrante a fs.35/36.

En virtud de lo dispuesto por el art. 259 del C.P.C.C.N., este Tribunal dispuso poner los autos en oficina y notificar de ello a la accionada.

De las constancias obrantes a fs. 56 surge que la expresión de agravios de la demandada ha sido tenida por no presentada por resultar extemporánea.

El art. 266 del C.P.C.C.N. prescribe: "si el apelante no expresara agravios dentro del plazo o no lo hiciere en la forma prescripta en el art. anterior, el Tribunal declarará desierto el recurso,...".

Por lo expuesto propicio, de conformidad con el artículo 266 del C.P.C.C.N., declarar desierto el recurso de fs. 39 y confirmar la sentencia atacada. Sin costas en la alzada (art. 68 del C.P.C.C.N.). v3

LOS DRES. M.L.Y.N.A.F. DIJERON:

Adherimos a las conclusiones a que arriba el Dr.

P.L..

Por lo que resulta del acuerdo que antecede, el Tribunal

RESUELVE:

declarar desierto el recurso de fs. 39 y confirmar la sentencia atacada. Sin costas en la alzada (art. 68 del C.P.C.C.N.).

C., regístrese, notifíquese y, oportunamente,

cúmplase...

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