Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 29 de Marzo de 2016, expediente CAF 001389/2015/CA001

Fecha de Resolución29 de Marzo de 2016
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA V 1389/2015 DESSAU, RICARDO c/ EN-M JUSTICIA Y DDHH s/AMPARO POR MORA Buenos Aires, de marzo de 2016.- MEE Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que en el pronunciamiento de fs.

    121/123 (del 23/9/2015) la señora jueza titular del juzgado nº 3 resolvió hacer lugar –con costas– a la acción de amparo por mora promovida por el señor R.D. y, en consecuencia, condenó

    al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación a pronunciarse, en el plazo de quince (15) días, respecto de la solicitud promovida en el marco del expediente nº 157.714/06.

    Para ello observó que el pedido reclamatorio iniciado por el señor D. había sido presentado el 5/6/2006 [aquí debe leerse 5/12/2006 –ver fs. 22/24–], conjuntamente con documentación que ofreció como prueba. Posteriormente, el 26/2/2008, adjuntó el certificado de ACNUR –ver fs. 42– y el 3/3/2009 hizo una presentación donde ofrecía una serie de pedidos de informes que consideró acreditaban los extremos que invocaba –ver fs. 45–.

    Asimismo, valoró que si bien se evidenciaba que el organismo ministerial había dado trámite a la requisitoria planteada –ver fs. 46/50–, no podía dejar de advertirse que desde el último pedido de informes dirigido al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, que data del 29/12/2011 –

    ver fs. 90–, y pese a las diversas presentaciones del actor tanto para seguir adjuntando documentación a fin de avalar sus dichos como requiriendo la resolución de su reclamo –ver fs. 107/108–, la administración había dejado vencer todos los plazos para cumplimentar con dar respuesta a la petición administrativa inicialmente realizada hacía ya más de nueve años.

    En ese sentido, consideró que la Administración tenía una petición administrativa que había sido Fecha de firma: 29/03/2016 Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA Firmado por: GALLEGOS FEDRIANI PABLO , JUEZ DE CAMARA #24650660#146435202#20160321141755893 Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA V 1389/2015 DESSAU, RICARDO c/ EN-M JUSTICIA Y DDHH s/AMPARO POR MORA iniciado hacía más de nueve años y habían transcurrido cuatro desde la última actividad impulsora sin que la accionada hubiere ni siquiera dictado providencia de mero trámite que permitiera sostener que se encontraba analizando el pedido indemnizatorio que le fuera solicitado; como así tampoco, había acreditado en autos causas eximentes realmente relevantes para dispensar a la autoridad...

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