Decreto Nº 2.587

EmisorMrio de Agroindustria
Fecha de la disposición30 de Diciembre de 2013

DECRETO Nº 2.587

Mendoza, 30 de diciembre de 2013

Visto el expediente Nº 1985-M-12-01283 (Cuerpos I y II) en el cual se tramita la ratificación de la Cláusula Complementaria y Addenda como así también del Anexo al Proyecto "Modernización de la Red Terciaria del Tramo Inferior del Río Mendoza - Quinta Zona" del Programa Servicios Agrícolas Provinciales (PROSAP) Convenio Marco de Préstamo Subsidiario;

CONSIDERANDO:

Que dicha Cláusula Complementaria y Addenda y Anexo al Proyecto mencionado, fueron suscriptos en fecha 27 de diciembre de 2013 entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación y el Gobierno de la Provincia de Mendoza;

Que con fecha 15 de abril de 2009 se suscribió un Convenio Marco de Préstamo Subsidiario, ratificado por Decreto N° 2485/09, por el cual la Nación se comprometió a transferir a la Provincia recursos provenientes de los Contratos de Préstamo suscriptos entre la Nación Argentina y los Bancos Interamericano de Desarrollo (BID) y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), para la ejecución del Programa de Servicios Agrícolas Provinciales II (PROSAP II);

Que, además, el Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca de la Nación y la Provincia de Mendoza acuerdan que las asignaciones que se otorguen a la Provincia mediante el Convenio Marco de Préstamo Subsidiario ratificado por Decreto 2485/09, podrán ser distribuidas entre todas la fuentes de financiamiento disponibles, incluida ésta, conforme a los proyectos que cada Banco considere elegibles para financiar en la Provincia.

Que, a los fines de complementar los recursos provenientes del préstamo BID N° 2573/OC-AR

del

Programa

Que el "Proyecto" será coordinado y evaluado por la Entidad de Programación de Desarrollo Agropecuario (EPDA) de la Provincia de Mendoza y ejecutado, por una parte, por el Departamento General de Irrigación, según la Cláusula Octava del Anexo al Proyecto "Modernización de la Red Terciaria del Tramo Inferior del Río Mendoza - Quinta Zona" de referencia y, por otra parte, por la Subsecretaría de Agricultura, Ganadería y Alimentos dependiente del Ministerio de Agroindustria y Tecnología, como Sub-Unidad Ejecutoria del Componente de Asistencia Técnica Agropecuaria (SUEC) de los proyectos de Riego en el marco del PROSAP, según Resolución 84-AyT-12;

Por, ello y conforme los dictámenes obrantes en expediente N° 1985-M-12-01283 (Cuerpos I y II);

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Ratifíquese la Cláusula Complementaria y Addenda al Convenio Marco de Préstamo Subsidiario, Programa de Servicios Agrícolas Provinciales (PROSAP), suscripto en fecha 27 de diciembre de 2013, entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, representado por el Ingeniero Agrónomo Carlos Horacio Casamiquela y la Provincia de Mendoza, representada por el Sr. Gobernador Dr. Francisco Pérez, el que en fotocopia certificada, como Anexo I forma parte de este decreto.

Artículo 2º

Ratifíquese el Anexo al Proyecto "Modernización de la Red Terciaria del Tramo Inferior del Río Mendoza - Quinta Zona", Programa de Servicios Agrícolas Provinciales (PROSAP), suscripto en fecha 27 de diciembre de 2013, entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, representado por el Ingeniero Agrónomo Carlos Horacio Casamiquela y la Provincia de Mendoza, representada por el Sr. Gobernador Dr. Francisco Pérez, el que en fotocopia certificada, como Anexo II forma parte de este decreto.

Artículo 3º

Ratifíquese la Resolución 84-AyT-12, por la cual se aprobó el Acta Acuerdo y su Apéndice "A" suscripta en fecha 23 de febrero de 2012, entre el Ministerio de Agroindustria y Tecnología, representado por su ex Ministro Contador José Luis Álvarez y el Departamento General de Irrigación, representado por el Superintendente a cargo en esa fecha, -Contador Carlos Francisco Dávila, por la cual ambas partes acuerdan designar la Subsecretaría de Agricultura, Ganadería y Alimentos dependiente del Ministerio de Agroindustria y Tecnología, como Sub-Unidad Ejecutoria del Componente de Asistencia Técnica Agropecuaria (SUEC) de los proyectos de Riego, en el marco del Programa de Servicios Agrícolas Provinciales (PROSAP).

Artículo 4º

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

FRANCISCO HUMBERTO PEREZ

Marcelo Daniel Barg

______

ANEXO I

PROGRAMA DE SERVICIOS AGRÍCOLAS PROVINCIALES (PROSAP) CONVENIO MARCO DE PRÉSTAMO SUBSIDIARIO

CLÁUSULA COMPLEMENTARIA

Y ADDENDA

PROVINCIA DE MENDOZA

Entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, representado en este acto por el Señor Ministro, Ingeniero Agrónomo Don Carlos Horacio Casamiquela, autorizado para este acto mediante Decreto N° 1.859 de fecha 16 de noviembre de 2011 por una parte, denominado en adelante "El Gobierno Nacional", y el Gobierno de la Provincia de Mendoza, en adelante denominado la "Provincia", representado por su Señor Gobernador, Doctor Don Francisco Pérez, por la otra parte, en conjunto aludidos como "Las Partes Intervinientes", con el objeto de incorporar una cláusula complementaria y ampliar los recursos del Convenio Marco de Préstamo Subsidiario N° 43 de fecha 15 de abril de 2009 y su modificatoria, Addenda N° 1 de fecha 24 de junio de 2009, financiado a través del Contrato de Préstamo BID N° 1956/OC-AR firmado entre la República Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) que ha sido aprobado por Decreto N° 657 de fecha 17 de abril de 2008 y del Contrato de Préstamo N° BIRF N° 7597-AR firmado entre la República Argentina y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), que ha sido aprobado por Decreto N° 159 de fecha 6 de marzo de 2009, para la ejecución del Programa de Servicios Agrícolas Provinciales (PROSAP II), acuerdan lo siguiente:

Primera: Cláusula Complementaria: El Gobierno Nacional ha suscripto con fecha 29 de diciembre de 2011 el Contrato de Préstamo BID N° 2573/OC-AR -Segunda Operación Individual bajo la Línea CCLIP AR-X1006-, destinado a financiar parcialmente al Programa de Servicios Agrícolas -Provinciales - PROSAP III. En consecuencia, las Partes Intervinientes acuerdan que las asignaciones que se otorguen a la Provincia mediante Convenio Marco de Préstame Subsidiario N° 43 de fecha 15 de abril de 2009 y su modificatoria, Addenda N° 1 de fecha 24 de junio de 2009, podrán ser distribuidas entre todas las fuentes de financiamiento disponibles, incluida ésta, conforme a los proyectos que cada Banco considere elegibles para financiar en la Provincia. En los casos que el citado Convenio Marco de Préstamo Subsidiario diga, BID N° 1956/OC-AR y/o BIRF N° 7597-AR, también dirá BID N° 2573/OC-AR, aplicándose, en su debida forma, las cláusulas del Convenio a las asignaciones correspondientes a esta nueva fuente de financiamiento.

Tercera: El Artículo 26 del Convenio, Marco de Préstamo Subsidiario Nº 43/09 se reemplaza como sigue:

Forman parte integrante del presente Convenio Marco de Préstamo Subsidiario: las Leyes de Endeudamiento Provincial Nros. 6.455, 7.490 y 8.009 y los siguientes instrumentos legales, que la Provincia declara conocer y aceptar: a) Contratos de Préstamos Nros. 1956/OC-AR y 2573/OC-AR, suscriptos entre la República Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y BIRF N° 7597-AR, suscripto entre la República Argentina y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF); b) Decretos Nros. 657/08 y 1.859/11 del Poder Ejecutivo Nacional, aprobatorios de los Modelos de Contratos de Préstamo BID 1956/OC-AR y 2573/OC-AR respectivamente y Decreto N° 159/09 aprobatorio del Modelo de Convenio de Préstamo BIRF N° 7597-AR; c) Reglamento Operativo del PROSAP (v. 2012), y e) "Normas para la Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción en Proyectos Financiados con Préstamos del BID y del BIRF".

Cuarta: Todos los demás términos pactados en el Convenio Marco de Préstamo Subsidiario N° 43 de fecha 15 de abril de 2009 y su modificatoria, Addenda N° 1 de fecha 24 de junio de 2009, mantienen su plena vigencia.

En prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 27 días del mes de diciembre del año 2013.

______

ANEXO II

PROGRAMA DE SERVICIOS AGRÍCOLAS PROVINCIALES (PROSAP)

CONVENIO DE PRÉSTAMO SUBSIDIARIO/ANEXO

PROYECTO "MODERNIZACIÓN DE LA RED TERCIARIA

DEL TRAMO INFERIOR DEL

RÍO MENDOZA- QUINTA ZONA"

PROVINCIA DE MENDOZA

Entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, representado en este acto por el Señor Ministro, Ingeniero Agrónomo Don Carlos Horacio Casamiquela, autorizado para este acto mediante Decreto N° 1.859 de fecha 16 de noviembre de 2011 por una parte, denominado en adelante "El Gobierno Nacional", y el Gobierno de la Provincia de Mendoza, en adelante denominado la "Provincia", representado por su Señor Gobernador, Doctor Don Francisco Pérez, por la otra parte, en conjunto aludidos como "Las Partes Intervinientes", con el objeto de concretar la asignación de recursos provenientes del Contrato de Préstamo BID N° 2573/OC-AR, suscripto entre la República Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), que ha sido aprobado por Decreto N° 1.859 de fecha 16 de noviembre de 2011, para la ejecución del Programa de Servicios Agrícolas Provinciales (PROSAP III), para el financiamiento de la ejecución del Proyectó "Modernización de la Red Terciaria del Tramo Inferior del Río Mendoza.- Quinta Zona" se acuerda celebrar el presente Convenio de Préstamo Subsidiario/Anexo:

Segunda: La asignación a la que se refiere la cláusula primera será aplicada al Proyecto "Modernización de la Red Terciaria del Tramo Inferior del Río Mendoza.- Quinta Zona", en adelante denominado el "Proyecto", conforme a los apéndices "A", Aspectos Técnicos, "B", Costos del Proyecto y "C", Plan de Recuperación de Costos, que forman parte integrante del presente Convenio y cuyo plazo de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR