Decreto Nº 1.182

EmisorMrio Trabajo Jus. y Gob.
Fecha de la disposición 6 de Agosto de 2013

DECRETO Nº 1.182

Mendoza, 6 de agosto de 2013

Vista la necesidad de convocar a elecciones provinciales, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a las disposiciones legales vigentes resulta necesario convocar a comicios electorales con el fin de elegir Diputados

y Senadores de la Honorable Legislatura de la Provincia de Mendoza y Concejales Municipales cuyo mandato concluye en el mes de abril de 2014.

Que la elección debe efectuarse por el sistema de representación proporcional, de conformidad con la Constitución Provincial y normativa vigente.

Que el Poder Ejecutivo Provincial, mediante Decreto N° 501 de fecha 8 de mayo del corriente año, en su artículo segundo ha convocado a elecciones para Senadores y Diputados Nacionales por la Provincia de Mendoza para el 27 de octubre de 2013.

Que el artículo 85 del Régimen Electoral de la Provincia (Ley N° 2551 y modificatorias), faculta al Poder Ejecutivo a convocar a elecciones simultáneas con las nacionales.

Que por razones de orden práctico y económico; y siguiendo lo que ha sido tradición en nuestra Provincia, es conveniente la simultaneidad de las elecciones provinciales con las nacionales.

Por ello, atento lo establecido por los artículos 37 y concordantes de la Constitución Nacional, los artículos 54, 57, 61, 64, 68, 70 y 78; y los artículos 20, 82, 83, 85 y 95 del Régimen Electoral Provincial (Ley N° 2551 y modificatorias),

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Convóquese al Pueblo de la Provincia de Mendoza, conforme a las Secciones Electorales en las que ella se encuentra fraccionada, para que el día 27 de octubre de 2013, proceda a elegir seis (6) Senadores Provinciales Titulares y ocho (8) Diputados.

Provinciales Titulares, por la Primera Sección Electoral; cinco (5) Senadores Provinciales Titulares y seis (6) Diputados Provinciales Titulares por la Segunda Sección Electoral; cuatro (4) Senadores Provinciales Titulares y cinco Diputados Provinciales Titulares por la Tercera Sección Electoral y cuatro (4) Senadores Provinciales Titulares y cinco (5) Diputados Provinciales Titulares por la Cuarta Sección Electoral, en reemplazo de los legisladores cuyos mandatos expiran el 30 de abril de 2014.

Artículo 2°

Invítese a los Municipios de la Provincia, a adherir al presente llamado electoral, efectuando las convocatorias pertinentes para el 27 de octubre de 2013, a los efectos de la renovación parcial...

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