Decreto Nº 1.702

EmisorMunicipalidad de Capital
Fecha de la disposición11 de Diciembre de 2013

DECRETO Nº 1.702

Mendoza, 11 de diciembre de 2013

Visto: El Artículo 23º inciso c) Nº 1079 y el Artículo 23º inciso c) de la Ordenanza Nº 3842/12 que faculta al Departamento Ejecutivo a determinar la competencia de las Secretarías que lo integran y,

CONSIDERANDO:

Que es necesario establecer el ámbito general de actuación de las Secretarías Municipales con el objeto de otorgar seguridad jurídica a los actos de gobierno, facilitar la ejecución de las políticas públicas municipales y asegurar una mayor calidad en los servicios de diversa índole que presta el Municipio.

Que a su vez, razones de buen orden administrativo indican la conveniencia de fijar de un modo orgánico las atribuciones y obligaciones de las Secretarías del Departamento Ejecutivo en forma acorde a las políticas de gestión con el objeto de dotar de la organización pertinente a la acción de gobierno, sin perjuicio de la normativa ya existente que atribuye competencias específicas a las mismas.

Por ello, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 94° y concordantes de la Ley Nº 1079, Artículo 23º inciso c) de la Ordenanza Nº 3842/12, Decreto Nº 1523/13 y en uso de sus atribuciones;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

DE LA CIUDAD DE MENDOZA

DECRETA:

Artículo 1º

Son atribuciones y deberes de cada Secretario:

  1. Refrendar con su firma los actos gubernativos.

  2. Dirigir y controlar las dependencias que le estén jerárquicamente subordinadas.

  3. Cumplir y hacer cumplir las leyes, ordenanzas, convenios, decretos, resoluciones y fallos judiciales relativos a su Secretaría.

  4. Dictar por sí sólo los actos administrativos y normas reglamentarias dentro del régimen administrativo y presupuestario de su Secretaría.

  5. Elaborar el anteproyecto de presupuesto de su Secretaría y remitirlo a la Secretaría de Hacienda, Turismo y Desarrollo Económico.

  6. Elaborar y suscribir los proyectos de decretos y ordenanzas y sus respectivos fundamentos.

  7. Cumplir y hacer cumplir las ordenanzas y decretos vigentes que establezcan su competencia específica en determinadas materias, los que se considerarán subsistentes en tanto no contravengan las disposiciones del presente Decreto.

SECRETARÍA GENERAL

DE INTENDENCIA

Artículo 2º

Será competencia de la Secretaría General de Intendencia:

  1. Entender, a solicitud del Intendente, en la organización y convocatoria de las reuniones de gabinete, coordinando los asuntos a tratar e informando al Intendente acerca de los resultados de tales reuniones.

  2. Efectuar la coordinación entre las diferentes Secretarías para el cumplimiento de los objetivos propuestos por el Departamento Ejecutivo.

  3. Solicitar informes a los participantes en reuniones de gabinete acerca del seguimiento de las acciones acordadas en dicho ámbito.

  4. Atender todas las cuestiones que el Departamento Ejecutivo encomiende, propiciando propuestas, proyectos, medidas y demás acciones tendientes a mejorar la calidad de los servicios municipales en su conjunto.

  5. Coordinar las relaciones institucionales y sociales en las materias de su competencia.

SECRETARÍA DE GOBIERNO

Artículo 3º

Será competencia en general de la.

Secretaría de Gobierno, la coordinación y ejecución de las políticas sociales; el ejercicio de poder de policía municipal en materia de comercio e inspección general; la coordinación y ejecución de la actividad jurídica administrativa; la aplicación de las normas atinentes al personal municipal y lo concerniente a elecciones municipales.

En particular, enunciativamente, le corresponde:

a)

Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el Departamento Ejecutivo.

b)

Proponer y ejecutar políticas de promoción y protección integral de la familia, la niñez, la adolescencia, la juventud, la ancianidad y la discapacidad.

c)

Desarrollar políticas dirigidas a grupos sociales vulnerables, con el propósito de asegurar la equidad social.

d)

Organizar y coordinar la ayuda estatal y comunitaria para los casos de emergencias individuales y colectivas.

e)

Entender en las medidas y acciones tendientes a obtener financiamiento para planes de desarrollo social,

f)

Entender en la ejecución y control de los programas sociales descentralizados al Municipio, por transferencia.

g)

Proponer, planificar y ejecutar acciones educativas tendientes a la concientización de normas de convivencia urbana y aprendizaje de habilidades sociales, difundiendo los derechos y obligaciones de los ciudadanos y promoviendo el desarrollo de valores y actitudes para el fortalecimiento de la comunidad.

h)

Administrar los establecimientos y dependencias educativas pertenecientes al Municipio, así como los programas educativos municipales.

i)

Promover y ejecutar las políticas de prevención contra la violencia de niños y de género.

j)

Entender en la formulación y aplicación de políticas y programas de promoción y fortalecimiento de los derechos humanos.

k)

Entender en

la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de la salud.

l)

Administrar los establecimientos y dependencias sanitarias pertenecientes al Municipio.

ll)

Fomentar la actividad deportiva en la jurisdicción municipal, administrando los centros deportivos pertenecientes al Municipio y articulando con entidades públicas y privadas el uso de dichos espacios, promoviendo la integración de las organizaciones vinculadas a la actividad deportiva

m)

Organizar actividades deportivas para grupos específicos como adultos mayores, discapacitados y niños

n)

Proponer, planificar y ejecutar políticas de inserción laboral, micro emprendimientos socio-productivos e ingreso a la economía formal.

ñ)

Velar por el cumplimento de la normativa vigente relativa a habilitación e higiene de establecimientos comerciales y civiles, así como la vigilancia de la elaboración y expendio de substancias alimenticias.

o)

Ejercer el poder de policía municipal...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR