Decreto N° 715

EmisorMunicipalidad de Capital
Fecha de la disposición29 de Mayo de 2014

DECRETO N° 715

Mendoza, 29 de mayo de 2014

Visto: El Expediente N° 6013-D-2.014, caratulado: "Secretaría de Gobierno - Deportes Dcción de s/Autorización - Organización Participación Competencias Realizar durante año en curso"; y

CONSIDERANDO:

Que la Dirección de Deportes, dependiente de la Secretaría de Gobierno de esta Municipalidad, propicia la realización de los "Juegos Intercolegiales de Ciudad 2014" para Escuelas Secundarias; "Encuentros Intercolegiales de Ciudad 2014" para Escuelas Primarias; "Esos Locos Bajitos - Fútbol Infantil"; "Torneo de Fútbol Infantil - Copa IntegraciónUno Medios"; "Ligas Deportivas Municipales", "Encuentros Deportivos para Discapacitados" y "Torneos Evita", a llevarse a cabo en esta Ciudad de Mendoza, durante el año 2.014.

Que el propósito de su realización entre otros conceptos, es el de aumentar la actividad deportiva en el ámbito estudiantil por medio de competencias formativas, favorecer el intercambio deportivo a nivel, procurando una participación de los establecimientos educacionales, ofrecer a los niños y adolescentes de la Ciudad de Mendoza la oportunidad de participar en distintos eventos que contribuyan al desarrollo de buenos hábitos, e incentivar la práctica de las actividades físicas y deportivas para mejorar la calidad de vida de los mismos.

Que a fs. 2/11. se ha agregado detalle estimativo de gastos de los torneos, a fs. 19/42 Reglamento de cada uno.

Que a fs. 44 vta. obra intervención de la Dirección de Asuntos Internos, y a fs. 48 se agregó el volante de imputación preventiva relativa a los gastos de inscripción al Torneo "Copa Integración Uno Medios".

Que conforme lo dispuesto por el Artículo 35º de la Ley Nº 3.909 obra a fs. 46 y 47 dictamen legal y contable respectivamente.

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

DE LA CIUDAD DE MENDOZA

DECRETA:

Artículo 1º

Autorícese la realización y/o participación según corresponda, de la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza de los "Juegos Intercolegiales de Ciudad 2014" para Escuelas Secundarias; "Encuentros Intercolegiales de Ciudad 2014" para Escuelas Primarias; "Esos Locos Bajitos - Fútbol Infantil"; "Torneo de Fútbol Infantil - Copa Integración Uno Medios"; "Ligas Deportivas Municipales", "Encuentros Deportivos para Discapacitados" y "Torneos Evita", en un todo de conformidad a lo dispuesto en los Reglamentos de cada uno de ellos que como Anexo integran el presente Decreto, a desarrollarse durante el transcurso del año 2.014, por los motivos expresados en los considerandos precedentes.

Artículo 3°

Encomiéndese a la Dirección de Compras y Suministros a efectuar las contrataciones pertinentes, de conformidad a lo dispuesto por la Ley N° 3.799, según detalle estimativo de gastos obrante a fs. 2/11 del Expediente N° 6013-D-2014.

Artículo 6º

El cumplimiento del presente Decreto se atenderá con cargo a la Partida N° 41312000 "Festivales, Exposiciones y Concursos"- Unidad Ejecutora N° 1210509 - Actividad N° 21500303, del Presupuesto General de Gastos en vigencia.

Artículo 7º

Comuníquese, publíquese y dése al Libro de Decretos.

Víctor M. F. Fayad

Intendente

Sandra Fabiana Gomez

Secretaria de Gobierno

______

JUEGOS INTERCOLEGIALES

DE CIUDAD 2014

para Escuelas Secundarias

REGLAMENTO GENERAL

La Dirección de Deportes de la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza, propone la Organización de los Juegos Intercolegiales Municipales con Colegios Pertenecientes a la Ciudad de Mendoza

CAPITULO I
Art. 1

ro. Objetivos.

1.1.

Objetivos Generales:

1.1.1. Acrecentar la actividad deportiva en el ámbito juvenil por medio de competencias de carácter formativo.

1.1.2. Favorecer el intercambio entre Colegios pertenecientes a la Ciudad de Mendoza, procurando una participación masiva a través de un Programa de Competencias que satisfaga las necesidades e intereses de los adolescentes.

1.1.3. Ofrecer a los jóvenes de la Ciudad de Mendoza, la oportunidad de participar en distintos eventos que favorezcan el desarrollo de hábitos deportivos y contribuyan a su educación general.

1.1.4. Propiciar la participación de los adolescentes en tareas de organización de competencias que contribuyan al desarrollo de su capacidad de liderazgo.

1.1.5. Establecer una adecuada coordinación con los distintos Colegios de la Ciudad de Mendoza, para el mejor logro de estos objetivos.

1.2. Objetivos Específicos

1.2.1. Orientar al adolescente a la práctica deportiva, favoreciendo de este modo el desarrollo de todas sus capacidades.

1.2.2. Ofrecer un Programa Deportivo orientado a satisfacer las necesidades e intereses de todos los jóvenes de la Ciudad de Mendoza.

1.2.3. Incentivar la práctica sistemática de las actividades físicas y deportivas como una forma de mejorar la calidad de vida de los jóvenes.

1.2.4. Proponer la creación de una comisión técnica permanente como reaseguro en el tiempo de estos juegos.

1.2.5. Introducir a los participantes a la aceptación de los reglamentos, respeto por los jueces, árbitros y coordinadores.

CAPITULO II Artículos 2 a 8
Art. 1

ro. Deportes y Categorías.

1.1.1.

Los Deportes Serán:

• Fútbol masculino y femenino (Fútbol 7)

• Básquetbol, femenino y masculino

• Voleibol, masculino y femenino

• Balonmano, masculino y femenino.

• Natación, masculino y femenino.

• Gimnasia aeróbica femenina..

• Atletismo

1.1.2. Las Categorías Serán:

¤96/97 libre. (federados, no federados y/o colegiales)

¤98/99 libre. (federados, no federados y/o colegiales)

¤2000/2001 libre.( federados, no federados y/o colegiales)

1.1.3 - Las Fechas de Realización Serán:

• Mes de mayo: invitación y difusión en todos los colegios secundarios estatales y privados de la Ciudad de Mendoza e inscripción.

• Mes de junio: inscripción.

• Mes de julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre: competencia y premiación.

Art. 2

do. Establecimientos Participantes.

2.1.1. Podrán participar de estos Juegos Intercolegiales, todos los Establecimientos Educativos pertenecientes a esta jurisdicción.

2.1.2. Queda establecido que los participantes de los distintos Colegios serán exclusivamente los representantes de los mismos.

Art. 3

ro. Participantes.

3.1.1.En esta Edición de los Juegos Intercolegiales organizados por la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza, podrán participar jóvenes de ambos sexos, que acrediten las siguientes condiciones: ser alumno regular del Establecimiento que representa; no estar exceptuado de las clases de educación física, por razones de salud a la fecha de las competencias; contar con certificado de aptitud física y autorización escrita del padre, madre o tutor para competir (ambos archivados en la escuela); podrán inscribirse alumnos Federados, que se encuentren inscriptos en Asociaciones, Federaciones etc., del deporte.

Art. 4

to. Inscripción.

4.1.1. Los Establecimientos participantes deberán inscribir los equipos en la Dirección de Deportes de la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza.

4.1.2. La Dirección de Deportes suministrará las planillas oficiales de estos Juegos.

4.1.3. Las planillas deberán ser presentadas por duplicado en tiempo y forma.

4.1.4. Los deportistas participantes no podrán inscribirse y/o participar en más de un deporte de conjunto, pudiendo hacerlo en un deporte de conjunto y uno individual.

4.1.5. Las planillas de inscripción serán de doce (12) jugadores por categoría y deporte.

4.1.6. No se admitirán planillas de inscripción fuera de término o enviadas por fax.

4.1.7. Serán rechazadas las planillas que: no se identifique en forma clara los datos solicitados; se encuentren incompletas, presenten tachones, correcciones o escrito sobre liquido corrector, no posean la firma y el sello del Director del Establecimiento, no posea el domicilio, teléfono del establecimiento y el nombre y apellido del delegado o representante del Colegio.

Se Aconseja a los Sres. Delegados, que las Planillas de Inscripción se completen con el número máximo de Jugadores, ya que no se Admitirá durante la Competencia Cambios y Agregados.

Art. 5

to. Documentación.

5.1.1 El delegado o responsable del equipo que corresponda tendrá la responsabilidad de la identificación de cada uno de los integrantes de su equipo.

5.1.2. Los deportistas deberán presentarse a los partidos munidos de alguno de los documentos de identificación detallados a continuación:

¤

Cédula de Identidad (provincial, nacional o extranjera).

¤

Documento Nacional de Identidad.

¤

Pasaporte.

¤

Cédula Militar.

¤

Partida de nacimiento con foto y sello de la autoridad directiva del establecimiento educativo.

5.1.3. En caso de extravío, deberá presentar la fotocopia de la partida de nacimiento, provista de una foto actualizada en el ángulo superior izquierdo, con el sello y la firma de las autoridades del Colegio, abarcando parte de la foto y la firma y sello de la autoridad de la Dirección de Deportes de la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza.

5.1.4. No se permitirá ningún otro tipo de documento o carnet deportivo para acreditar identidad.

Art. 6

to. Delegado Deportivo.

6.1.1. Cada equipo deberá tener un delegado deportivo (preferentemente docente) del establecimiento que representa.

6.1.2. El Delegado deportivo, conducirá al equipo durante toda la competencia.

6.1.3. El Delegado es el representante de los equipos ante la Organización de los Juegos.

6.1.4. Es el responsable de la inscripción de su equipo, debiendo asentar y verificar los datos personales de los jugadores.

6.1.5. Tener un completo conocimiento de las reglamentaciones vigente en estos Juegos.

6.1.6. Concurrir a las reuniones convocada por la Organización.

6.1.7. Ser el encargado de la correcta presentación de documentación de sus jugadores frente a la Organización, cuando ésta lo requiera.

6.1.8. Cumplir en tiempo y forma el fixture programado.

6.1.9. Informar en forma permanente sobre el...

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