Decreto Nº 1.583

EmisorMin. Infraestructura
Fecha de la disposición16 de Julio de 2010

DECRETO Nº 1.583

Mendoza, 16 de julio de 2010

Visto el expediente N° 471-A-2009-30093 en el cual se da cuenta de la necesidad de efectuar el "Llamado a Licitación Pública para el Otorgamiento de la concesión de la Operación de los Servicios Públicos de Transporte Colectivo de Pasajeros del Gran Mendoza mediante ómnibus - Grupo 02", y

CONSIDERANDO:

Que en el año 2005 y ante circunstancias que impidieron totalmente la continuidad de la prestación del Servicio Público de Transporte Colectivo de Pasajeros del Gran Mendoza mediante ómnibus- Grupo 02, se dicta la ley N° 7413 por la que se facultó a la Empresa Provincial de Transporte de Mendoza a hacerse cargo de la operación del mismo, hasta su adjudicación definitiva.

Que con posterioridad y por razones operativas y de servicio, las Leyes Nº 7438, 7735 y 7942 establecieron prórrogas sucesivas manteniendo la explotación del servicio en la órbita de la Empresa Provincial de Transporte de Mendoza.

Que el artículo N° 2 de la Ley N° 7735 estableció en resguardo de los derechos de trabajadores y usuarios, y previo a la decisión de concesionar, la necesidad de la elaboración de un informe de rentabilidad, eficiencia y operabilidad, del servicio.

Que a la fecha y en cumplimiento de la manda legal, la Universidad Nacional de Cuyo ha presentado el Informe de Rentabilidad, Eficiencia y Operabilidad, el que se agrega a fs. 31/87.

Que de igual modo a fs. 88/148 se acompaña la encuesta efectuada a los usuarios del Grupo 2, elaborado por el Sistema de Evaluación de Calidad, SIPEC.

Que se han efectuado consultas a representantes de los trabajadores del Grupo 02, según consta a fs. 149 y 150.

Que es facultad del Poder Ejecutivo llamar a licitación para la concesión de la Operación de Servicio Público de Transporte Colectivo de Pasajeros del Gran Mendoza mediante ómnibus - Grupo 02, con el fin de garantizar un mejor nivel en las prestación del servicio sin mengua de los derechos adquiridos de los trabajadores.

Por lo expuesto, teniendo en cuenta el dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Transporte y por Asesoría de Gobierno,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Apruébese los Pliegos General de Bases y Condiciones y de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas, obrantes a fojas 152/209 y 210/279, respectivamente, del expediente N° 471-A-2009-30093, correspondiente al "Llamado a Licitación...

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