Decreto N° 705

EmisorMinisterio Economia, Infra. y Energ.
Fecha de la disposición22 de Junio de 2016

DECRETO N° 705

Mendoza, 22 de junio de 2016

Visto el expediente N° 33-D-2016-01483, en el cual se solicita se apruebe el Convenio de Colaboración Mutua en Servicios Sanitarios suscripto en fecha 25 de abril de 2016, entre la Provincia de Mendoza y la "Fundación Coprosa-Men" (Comisión Provincial de la Sanidad Animal Mendoza); y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Convenio de Colaboración Mutua en Servicios Sanitarios entre la Provincia de Mendoza y la "Fundación Coprosa-Men" (Comisión Provincial de la Sanidad Animal Mendoza) de referencia, dicha Fundación se compromete a poner al servicio del programa todos los recursos infraestructurales, personal técnico y administrativo, rodados e insumos para el normal desarrollo del mismo;

Que asimismo dicho Convenio de Colaboración Mutua contempla desarrollar en forma conjunta y complementaria todas las medidas necesarias que permitan lograr los objetivos planteados para el cumplimiento de los servicios sanitarios y mejoramiento del sistema de control y fiscalización de todos los productos, subproductos y derivados de los mismos en el ámbito de la Ley Federal de Carnes y Lácteos y sus decretos reglamentarios, tanto de tránsito federal, como de control interno y de las plantas de procesamiento y almacenamiento;

Que la "Fundación Coprosa-Men" (Comisión Provincial de Sanidad Animal Mendoza) es el único ente sanitario en la Provincia de Mendoza reconocido por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria para llevar a cabo las actividades contenidas en los programas de sanidad animal de dicho servicio;

Que la Provincia a través de la Dirección Provincial de Ganadería dependiente del Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía ejercerá la supervisión y control de los servicios que preste dicha Fundación y del personal profesional, paratécnico y administrativo que ésta contrate, entre otros;

Que a fojas 71 de las actuaciones de referencia, de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 7° del Decreto N° 65/16 obra el V° B° del Señor Gobernador de la Provincia y del Señor Ministro de Hacienda y Finanzas, a lo solicitado en las mismas;

Por ello, conforme con el Artículo 3° Inciso i) de la Ley N° 8830 y lo dictaminado por la Asesoría Letrada de la Dirección de Provincial de Ganadería a fojas 65/66 y la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía a fojas 89 y vuelta del expediente N° 33-D-2016-01483,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1°

Apruébese el Convenio de Colaboración Mutua en Servicios Sanitarios suscripto en fecha 25 de abril de 2016 entre la Provincia de Mendoza representada por el Señor Ministro de Economía, Infraestructura y Energía, Licenciado Enrique Andrés Vaquié "ad referéndum" del Poder Ejecutivo y la "Fundación Coprosa-Men" (Comisión Provincial de la Sanidad Animal Mendoza), representada por su Presidente Señor Marcelo Montoya "ad referéndum" del Consejo de Administración, por los motivos expuestos en los considerandos del presente decreto y que en fotocopia certificada como Anexo forma parte del mismo.

Artículo 4°

La "Fundación Coprosa-Men" (Comisión Provincial de la Sanidad Animal Mendoza) deberá presentar en forma conjunta con las facturas y/o certificaciones, el informe mensual de las actividades desarrolladas, conforme lo dispuesto por el Artículo Segundo Inciso c) del Convenio que se aprueba por el Artículo 1° de este decreto.

Artículo 5°

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

ALFREDO V. CORNEJO

Enrique Andrés Vaquié

ANEXO

CONVENIO DE COLABORACION MUTUA EN SERVICIOS SANITARIOS ENTRE LA FUNDACION COPROSAMEN Y LA PROVINCIA DE MENDOZA

Entre la Provincia de Mendoza, representada en este acto por el Ministro de Economía, Infraestructura y Energía, Licenciado Enrique Vaquié, que fija domicilio especial en Avenida Peltier N° 351, sexto piso, cuerpo central de la Casa de Gobierno, Mendoza, "ad referéndum'' del Poder Ejecutivo...

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