Decreto Nº 516/GCABA/16
Firmantes | RODRÍGUEZ LARRETA - Freire - Miguel |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 6 de Octubre de 2016 |
VISTO:
La Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.454), los Decretos Nros. 364/16 y
365/16, la Resolución N° 400/MMIYTGC/16 y los Expedientes Electrónicos Nros.
15376697/MGEYA-DGCONC/16 y 18086589/MGEYA-DGTAD/16 e incorporados, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 364/16 se declaró la caducidad del contrato de Concesión de
Uso y Explotación del Jardín Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires "Eduardo
Ladislao Holmberg", adjudicado a "Jardín Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires
S.A." mediante Resolución N° 884/MDEGC/12 del entonces Ministerio de Desarrollo
Económico, por culpa del concesionario en los términos del artículo 74 inc. a) de la Ley
N° 2.095 y del artículo 56 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado
por Decreto N° 210/12, a partir del 23 de junio de 2016;
Que a través de dicho Decreto, se dispuso que el Ministerio de Modernización,
Innovación y Tecnología de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tendrá a su cargo la
administración y gestión del Jardín Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires "Eduardo
Ladislao Holmberg" a partir de la fecha indicada en el párrafo precedente;
Que por el Decreto N° 365/16 se encomendó a dicho Ministerio el inmediato Uso y
Explotación del Jardín Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires "Eduardo Ladislao
Holmberg", debiendo realizar todos los actos que resulten necesarios para su gestión,
administración y conservación;
Que en dicho marco, el Ministro de Modernización, Innovación y Tecnología del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dictó la Resolución N°
400/MMIYTGC/16 mediante la cual ordenó se tome la posesión inmediata del predio
del Dominio Público "Jardín Zoológico de Buenos Aires", sito entre Av. Sarmiento, Av.
Del Libertador, Av. Gral. Las Heras y República de la India y de todo su contenido,
hasta tanto se practique la liquidación final y se encuentren compensados los importes
resultantes de aquélla, conforme surge del procedimiento previsto en el artículo 102,
último párrafo, del Pliego de Bases y Condiciones Generales aprobado por Decreto N°
45/10;
Que habiéndose notificado de los términos de las citadas normas, la firma Jardín
Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires S.A. interpuso recurso de reconsideración
contra el Decreto N° 364/16, y recurso jerárquico contra la Resolución N°
400/MMIYTGC/16, haciendo remisión en este último a los fundamentos expresados en
el anterior, adjuntando una copia de aquél;
Que según surge del recurso de reconsideración interpuesto contra el Decreto N°
364/16, la impugnación de dicho acto tiene dos fundamentos relevantes: (i) el cambio
de rol del Parque decidido por las autoridades, lo que presuntamente habría importado
una modificación unilateral e ilegítima de las condiciones contractuales; y (ii) diversas
circunstancias de orden económico financiero que habrían alterado las previsiones
contractuales;
Que en relación al primer cuestionamiento, de conformidad a lo expuesto por la
Dirección General de Concesiones del Ministerio de Modernización, Innovación y
Tecnología en el Informe N° IF 2016- 20771279-DGCONC, corresponde destacar que
el aludido perfil aplicable al Jardín Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires "Eduardo
Ladislao Holmberg" coincide y resulta razonable derivación del previsto en el Pliego de
Especificaciones Técnicas aprobado por el Decreto N° 210/12...
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