Decreto Nº 516/GCABA/16

FirmantesRODRÍGUEZ LARRETA - Freire - Miguel
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 6 de Octubre de 2016

VISTO:

La Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.454), los Decretos Nros. 364/16 y

365/16, la Resolución N° 400/MMIYTGC/16 y los Expedientes Electrónicos Nros.

15376697/MGEYA-DGCONC/16 y 18086589/MGEYA-DGTAD/16 e incorporados, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 364/16 se declaró la caducidad del contrato de Concesión de

Uso y Explotación del Jardín Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires "Eduardo

Ladislao Holmberg", adjudicado a "Jardín Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires

S.A." mediante Resolución N° 884/MDEGC/12 del entonces Ministerio de Desarrollo

Económico, por culpa del concesionario en los términos del artículo 74 inc. a) de la Ley

N° 2.095 y del artículo 56 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado

por Decreto N° 210/12, a partir del 23 de junio de 2016;

Que a través de dicho Decreto, se dispuso que el Ministerio de Modernización,

Innovación y Tecnología de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tendrá a su cargo la

administración y gestión del Jardín Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires "Eduardo

Ladislao Holmberg" a partir de la fecha indicada en el párrafo precedente;

Que por el Decreto N° 365/16 se encomendó a dicho Ministerio el inmediato Uso y

Explotación del Jardín Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires "Eduardo Ladislao

Holmberg", debiendo realizar todos los actos que resulten necesarios para su gestión,

administración y conservación;

Que en dicho marco, el Ministro de Modernización, Innovación y Tecnología del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dictó la Resolución N°

400/MMIYTGC/16 mediante la cual ordenó se tome la posesión inmediata del predio

del Dominio Público "Jardín Zoológico de Buenos Aires", sito entre Av. Sarmiento, Av.

Del Libertador, Av. Gral. Las Heras y República de la India y de todo su contenido,

hasta tanto se practique la liquidación final y se encuentren compensados los importes

resultantes de aquélla, conforme surge del procedimiento previsto en el artículo 102,

último párrafo, del Pliego de Bases y Condiciones Generales aprobado por Decreto N°

45/10;

Que habiéndose notificado de los términos de las citadas normas, la firma Jardín

Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires S.A. interpuso recurso de reconsideración

contra el Decreto N° 364/16, y recurso jerárquico contra la Resolución N°

400/MMIYTGC/16, haciendo remisión en este último a los fundamentos expresados en

el anterior, adjuntando una copia de aquél;

Que según surge del recurso de reconsideración interpuesto contra el Decreto N°

364/16, la impugnación de dicho acto tiene dos fundamentos relevantes: (i) el cambio

de rol del Parque decidido por las autoridades, lo que presuntamente habría importado

una modificación unilateral e ilegítima de las condiciones contractuales; y (ii) diversas

circunstancias de orden económico financiero que habrían alterado las previsiones

contractuales;

Que en relación al primer cuestionamiento, de conformidad a lo expuesto por la

Dirección General de Concesiones del Ministerio de Modernización, Innovación y

Tecnología en el Informe N° IF 2016- 20771279-DGCONC, corresponde destacar que

el aludido perfil aplicable al Jardín Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires "Eduardo

Ladislao Holmberg" coincide y resulta razonable derivación del previsto en el Pliego de

Especificaciones Técnicas aprobado por el Decreto N° 210/12...

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