Decreto Nº 2.474

EmisorMrio de Infraestructura y Energia
Fecha de la disposición21 de Diciembre de 2012

DECRETO Nº 2.474

Mendoza, 21 de diciembre de 2012

Visto el expediente N° 6174-M-2012-00106 en el cual se lleva adelante el procedimiento para el reconocimiento del hecho de la administración en el marco del contrato "Ferrotranvía Urbano de Mendoza ubicado en los Departamentos Capital, Godoy Cruz y Maipú de la Provincia de Mendoza, Ex-Línea Ferrocarril General San Martín (Primer Tramo: Desde El Parador Las Heras Hasta la Estación Gutiérrez)" aprobado según Resolución N° 93 en fecha 19 de febrero del año 2009 dictada por el entonces Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Transporte, hoy Ministerio de Infraestructura y Energía; y

CONSIDERANDO:

Que el llamado a licitación se dispuso mediante Resolución N° 1243 de fecha 14 de septiembre del año 2007 dictada por el entonces Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Transporte, hoy Ministerio de Infraestructura y Energía.

Que en el Artículo 2° de la resolución citada en el artículo anterior se aprobó la documentación técnica y legal para el llamado a licitación.

Que en fecha 2 de octubre del año 2008, se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia la Ley N° 7924. Dicha norma establece que su entrada en vigencia opera a los diez (10) días de la fecha de su promulgación.

Que la adjudicación de la obra se dispuso Mediante Decreto N° 3923/08.

Que la citada ley viene a afectar como hecho de la administración el Ítem 5 "Red del Comunicaciones Fijas" del Rubro C del contrato para la obra "Ferrotranvía Urbano de Mendoza ubicado en los Departamentos Capital, Godoy Cruz y Maipú de la Provincia de Mendoza, Ex-Línea Ferrocarril General San Martín (Primer Tramo: Desde El Parador Las Heras Hasta La Estación Gutiérrez)".

Que en el mencionado expediente, el Señor Director de Informática y Telecomunicaciones del Ministerio de Seguridad ha señalado que, del análisis de la propuesta e inspección de obra, el sistema es compatible con los requerimientos de la Ley N° 7924 y cumple con el objetivo de seguridad propuesto, según a su vez el informe del Señor Jefe del Área de Sistemas de Video Vigilancia del citado Ministerio.

Que asimismo en la citada pieza administrativa rola informe del Señor Director de Planificación y Obras de la Secretaría de Transporte de la Provincia en el cual se ha efectuado una evaluación técnica en relación a la obra Metrotranvía Mendoza (MTM), de donde surge que el sistema CCTV propuesto ha sido adecuado a la Ley N° 7924, basado en tecnología digital IP.

Que de la Minuta de Reunión (fojas 6) llevada a cabo el 17 de marzo del año 2011, entre personal del Ministerio de Seguridad y del ex Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Transporte (hoy Ministerio de Infraestructura y Energía), da cuenta además del análisis eminentemente técnico, de la necesidad de contar con el asesoramiento del primer ministerio citado en la temática del costo aproximado de la solución de video vigilancia considerando la adecuación a la Ley N° 7924.

Que en virtud de ello se solicita al Ministerio de Seguridad los antecedentes respecto al costo de sistemas similares, incorporándose al expediente copia fiel de la orden de compra correspondiente al Ejercicio 2009, con fecha de apertura 7 de mayo de 2009 (fojas 42/59), llevada a cabo por la autoridad de aplicación de la Ley N° 7924, esto es el Ministerio de Seguridad de la Provincia a través de la Dirección de Informática y Comunicaciones, de la cual surgen los valores de mercado a considerar.

Que dicha...

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