Decreto N° 351

EmisorMinisterio Economia, Infra. y Energ.
Fecha de la disposición18 de Abril de 2016

DECRETO N° 351

Mendoza, 18 de abril de 2016

Visto el expediente N° 551-D-2016-01283, en el cual se solicita la ratificación del Convenio y su Anexo suscripto entre la Provincia de Mendoza y el ex Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación; y

CONSIDERANDO:

Que las graves heladas que afectaron parte del territorio de la Provincia de Mendoza, motivaron el dictado de los Decretos Nros. 372/15 y 914/15, que declaran desde el 26 de setiembre de 2014 al 31 de marzo de 2016 en Estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario, a las propiedades rurales ubicadas en zonas bajo riego de distintos Departamentos y Distritos provinciales, afectados por heladas y granizadas ocurridas durante el período agrícola 2014/2015;

Que mediante Resolución N° 420/15 emitida por el ex Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, a fin de la aplicación de las medidas previstas en la Ley N° 26509 y su modificatoria se declaró en la Provincia de Mendoza el estado de emergencia y/o desastre agropecuario durante el período agrícola citado en el párrafo anterior, a las explotaciones agropecuarias ubicadas en zonas bajo riego a que hace referencia el Artículo 1° de dicha Resolución;

Que el Convenio y su Anexo de referencia, tiene por objeto la cooperación y asistencia de las partes a los efectos de restablecer y mejorar la capacidad productiva de los productores afectados por heladas y granizadas ocurridas durante el período agrícola 2014/2015, conforme con la Cláusula Primera del mismo;

Que dicho monto deberá ser transferido a la Cuenta Corriente N° 6280269635 del Banco de la Nación Argentina, Sucursal 2405 - Mendoza, Clave Bancaria Uniforme (CBU) N° 0110628820062802696359 de titularidad de la Administradora Provincial del Fondo, censada por el ex Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación, conforme lo dispuesto por la Cláusula Segunda del Convenio de referencia;

Por ello, conforme con lo dispuesto por el Artículo 128 Inciso 1) de la Constitución Provincial y lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía a fojas 24 del expediente N° 551-D-2016-01283,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1°

Ratifíquese el Convenio y su Anexo suscripto en fecha 26 de noviembre de 2015, entre la Provincia de Mendoza representada por el ex Gobernador Doctor Francisco Humberto Pérez y el ex Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, representado por su ex titular Ingeniero Agrónomo Carlos Horacio Casamiquela, por los motivos expuestos en los considerandos del presente decreto y que en fotocopia certificada forma parte del mismo.

Artículo 2°

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

ALFREDO V. CORNEJO

Enrique Andrés Vaquié

ANEXO

Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca y la Provincia de Mendoza para implementar medidas de ayuda a Productores en el marco de la Ley N° 26.509

Entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, en adelante el Ministerio, representado en este acto por el señor Ministro, Ingeniero Agrónomo Don Carlos Horacio Casamiquela, con domicilio en la Avenida Paseo Colón N° 982, Piso 1° de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la Provincia de Mendoza, en adelante la Provincia, representada en este acto por el señor Gobernador, Doctor Don Francisco Humberto Pérez, con domicilio en la Casa de Gobierno sita en la Avenida L. Peltier N° 351, Ciudad de Mendoza, en adelante las Partes, manifiestan:

Que la Provincia de Mendoza presentó los Decretos Provinciales Nros. 372 del 3 de marzo de 2015 y 914 del 11 de junio de 2015, que declaran desde el 26 de septiembre de 2014 al 31 de marzo de 2016 en estado de emergencia y/o desastre agropecuario, a las propiedades rurales ubicadas en zonas bajo riego de distintos departamentos y distritos provinciales, afectados por heladas y granizadas ocurridas durante el período agrícola 2014/2015, ante la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios, la que luego de analizar la situación, recomendó al Poder Ejecutivo Nacional la declaración del estado de emergencia y/o desastre agropecuario, que se plasmó a través de la Resolución N° 420 de fecha 6 de julio de 2015 del Ministerio, modificada por la Resolución N° 630 de fecha 21 de septiembre de 2015 del Ministerio.

Que la citada Resolución N° 420/15 a los efectos de la aplicación de la Ley N° 26.509 declara en la Provincia de Mendoza, el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, desde el 26 de septiembre de 2014 al 31 de marzo de 2016, por efecto de las heladas y granizadas ocurridas durante el período agrícola 2014/2015, a las explotaciones agropecuarias ubicadas en zonas bajo riego de los siguientes Departamentos y Distritos: Departamento Luján de Cuyo: Distritos Mayor Drummond...

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