Decreto N° 647/05
Firmantes | Ibarra-Albamonte |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 6 de Mayo de 2005 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 647/ 05
DESESTIMACIÓN DE RECURSOS - CARMEN BEATRIZ ACEBEY DE CRISTALINO - SE DENIEGA EL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN CONTRA EL DECRETO N° 1.978--02 - ACCIDENTE DE TRABAJO -OFICIO N° 3.123/03 (R.1).
Buenos Aires, 06/05/2005
Visto el Expediente N° 81.806/84, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante dicho actuado tramita la presentación efectuada por la señora Carmen Beatriz Acebey de Cristalino, DNI 1.081.296, quien solicita la reconsideración del Decreto N° 1.978-GCABA/02 que en copia luce en autos;
Que mediante el decreto recurrido el señor Jefe de Gobierno resolvió un recurso jerárquico interpuesto contra una resolución dictada por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas;
Que en tal inteligencia, resulta aplicable al presente caso el artículo 119 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por el Decreto N° 1.510-GCABA/97 (B.O.C.B.A. N° 310), el que establece que las decisiones definitivas que se dictaren en recursos administrativos, y que agoten las instancias de esos recursos, sólo serán susceptibles de la reconsideración prevista en el art. 103 y de la revisión prevista en el art. 118 de la citada ley;
Que se inician las presentes actuaciones con la denuncia del accidente de trabajo que sufriera el ex agente Marcelino Cristalino con fecha 28/9/84;
Que el hecho denunciado fue calificado como accidente de trabajo comprendido en los términos de la Ley N° 9.688 y sus modificatorias, mediante la Resolución N° 905-SSTJ/86;
Que posteriormente, y luego de un nuevo análisis de estas actuaciones, el señor Secretario de Hacienda y Finanzas dictó la Resolución N° 16.978-SHyF/97, considerando que no correspondía afrontar las consecuencias derivadas del accidente de trabajo por hallarse prescripta la acción emergente de la Resolución N° 905-SSTJ/86, en mérito a lo dispuesto por el art. 3.989 del Código Civil;
Que notificada de este último acto, con fecha 17/2/98, la Sra. Carmen Beatriz Acebey de Cristalino en su carácter de cónyuge del ex agente interpone recurso de reconsideración, el que lleva implícito el recurso jerárquico en subsidio;
Que dicho recurso fue desestimado a través del dictado de la Resolución N° 4.118-SHyF/98, cuya copia certificada luce en autos;
Que mediante la presentación del 2/7/99, ratificada el 4/10/01, la interesada amplía los fundamentos del recurso jerárquico en subsidio;
Que en consecuencia...
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