Decreto N° 2026/04
Firmantes | Ibarra-Albamonte-Perazza-Fernández |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 3 de Noviembre de 2004 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 2026/ 04
APRUEBA EL PROYECTO DE ACUERDO A CELEBRARSE CON LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - A.F.I.P. PARA LA OPTIMIZACIÓN DE RECURSOS DE LAS ADMINISTRACIONES TRIBUTARIAS ACORDANTES. DEROGA EL DECRETO N° 943/GCBA/04, B.O. N° 1960 - APROBACIÓN DE PROYECTOS - DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS - INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN FISCAL - PERSONAS FÍSICAS - PERSONAS JURÍDICAS - FIDEICOMISOS - UNIONES TRANSITORIAS DE EMPRESAS - BASES DE DATOS - SISTEMA OSIRIS - SISTEMAS INFORMÁTICOS - INFORMACIÓN TRIBUTARIA - PROGRAMA DE EDUCACIÓN TRIBUTARIA - IMPLEMENTACIÓN - RECEPCIÓN DE DECLARACIONES JURADAS - PAGO DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS - EVASIÓN FISCAL - SISTEMA INTEGRADO DE APLICACIONES - CONTRIBUYENTES - PADRÓN ÚNICO DE AFIP - ACCESO EN TIEMPO REAL - INFORMACIÓN DE COMERCIO EXTERIOR - ACTA ACUERDO - DÍA 5 DE ABRIL DE 2000 - C.U.I.T. - C.U.I.L. - C.D.I. - SOFTWARE
Buenos Aires, 03/11/2004
Visto el Decreto N° 943/GCBA/04 (B.O. N° 1960) y el Expediente N° 42.913/04 y acumulado, y
CONSIDERANDO:
Que por el mencionado Decreto y sobre la base de los fundamentos allí volcados, se aprueba el proyecto de acta acuerdo a celebrarse entre este Gobierno y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), con el objetivo, entre otros, de intercambiar información de naturaleza fiscal que no se encuentre amparada por el secreto fiscal, relativa a las personas físicas y jurídicas, fideicomisos, uniones transitorias de empresas y otras formas jurídicas que registren bienes y/o desarrollen actividades en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tendiendo a la implementación de un mecanismo de conexión en tiempo real de los sistemas informáticos (base de datos) entre la Dirección General de Rentas de este Gobierno y la Administración Federal de Ingresos Públicos;
Que por la citada actuación, el organismo nacional indicado solicita la modificación del texto de la Cláusula Tercera del proyecto de acuerdo referido, la que dispone el encuadre legal que se otorgará al mismo, como así también determina que el intercambio de la información de naturaleza fiscal entre las partes estará sometido al secreto fiscal;
Que al respecto, la Dirección General de Rentas entiende conveniente introducir la modificación propiciada, por cuanto en lo que se refiere al alcance del secreto fiscal con relación a la información objeto de intercambio, el mismo resulta procedente y conveniente a los fines de su tratamiento en el ámbito de este Gobierno y, con relación a la incorporación de la previsión relativa al software, la misma resulta pertinente dado que además de completar lo pautado en el punto 7 de la Cláusula Primera del proyecto que nos ocupa, fija expresamente el compromiso que asumirán las partes signatarias respecto de las condiciones, alcances y extensión del uso a otorgarse a los aplicativos que se intercambien;
Que, en virtud de lo expuesto y no encontrando objeciones para acceder a lo solicitado por la Administración Federal de Ingresos Públicos, resulta procedente dictar el acto administrativo que derogue el Decreto N° 943/GCBA/04 y apruebe un nuevo proyecto de acuerdo;
Por ello y en uso de las facultades legales que le son propias (artículo 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Derógase el Decreto N° 943/GCBA/04.
Apruébase el proyecto de acuerdo a celebrarse entre la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el que se adjunta como Anexo del presente y, como tal, forma parte integrante del mismo.
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