Decreto N° 1759/04

FirmantesIbarra-Epszteyn-Albamonte-Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición27 de Septiembre de 2004

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 1759/ 04

REGLAMENTA LA LEY N° 1.077, B.O. N° 1798, APRUEBA EL TEXTO DEL CONTRATO DE COMODATO Y DEL PERMISO DE USO PRECARIO A SER SUSCRIPTOS CON LA COOPERATIVA DE TRABAJO VINIPLAST LTDA. EXPEDIENTE N° 59.772/03. - AUTORIDAD DE APLICACIÓN - SECRETARÍA DE PRODUCCIÓN TURISMO Y DESARROLLO SUSTENTABLE - INMUEBLES DE UTILIDAD PÚBLICA - OCUPACIÓN TEMPORARIA - AV. GARZÓN 6003 - FÁBRICAS RECUPERADAS - EMPRESAS RECUPERADAS - EXPROPIACIÓN DE BIENES - INSTRUCCIÓN A LA PROCURACIÓN GENERAL - REPRESENTACIÓN JUDICIAL

Buenos Aires, 27/09/2004

Visto la Ley N° 1.077; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 1.077 declara de utilidad pública y sujeto a ocupación temporaria por el plazo de dos (2) años, el inmueble ubicado en la avenida Gral. Juan Eugenio Garzón 6003/05 entre Murguiondo y Oliden, Circunscripción 1, Sección 76, Manzana 154, Fracción I, de esta Ciudad, en los términos del artículo 30 de la Ley N° 238;

Que, asimismo se declaran de utilidad pública y sujetos a expropiación los bienes intangibles, incluidas marcas y patentes y los bienes muebles existentes en el citado inmueble, hasta el monto de pesos ciento cincuenta mil ($ 150.000) en moneda constante;

Que, el predio y sus bienes muebles serán destinados al funcionamiento de la Cooperativa de Trabajo Viniplast Ltda. constituida por los ex trabajadores de la empresa Viniplast S.A.I.C., cuya quiebra se encuentra actualmente en trámite por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 18, Secretaría N° 35;

Que, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley N° 1.077, esto es, ceder en comodato a la Cooperativa de Trabajo Viniplast Ltda. tanto los bienes intangibles, incluidas marcas y patentes, como los bienes muebles existentes en el inmueble citado, corresponde arbitrar las medidas conducentes a efectos de proceder previamente a la expropiación de los mismos conforme al procedimiento establecido por la Ley N° 238;

Que, corresponde otorgar un permiso de uso precario a la Cooperativa de Trabajo Viniplast Ltda. respecto del inmueble citado en el artículo 1° de la Ley N° 1.077;

Que, conforme lo manifestado precedentemente y a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 9° de la Ley N° 1.077 es necesario reglamentar la citada Ley a fin de iniciar el proceso...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR