Decreto N° 73/LCABA/VP/04

FirmantesDe-Estrada-Moscariello
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorVicepresidencia Primera
Fecha de la disposición17 de Marzo de 2004

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

VICEPRESIDENCIA PRIMERA

DECRETO N° 73/ LCABA/ VP/ 04

CONVALIDA PERÍODO DE LICENCIA EXTRAORDINARIA DEL AGENTE JAVIER A. LEBENAS - LEGAJO N° 15.042 - LEGISLATURA DE LA CIUDAD - CONVALIDACIÓN - LICENCIA EXTRAORDINARIA SIN GOCE DE HABERES -LICENCIA SIN GOCE DE SUELDO - DIRECTOR GENERAL DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN CIENCIA Y TECNOLOGÍA - FINALIZACIÓN DE LICENCIAS - PRESIDENCIA DE LA LEGISLATURA

Buenos Aires, 17/03/2004

Visto el Expediente N° 21.898/SA/04, y

CONSIDERANDO:

Que en el citado Expediente tramita la solicitud de finalización de Licencia Extraordinaria sin Goce de Haberes, a partir del 19 de diciembre de 2003, efectuada por el agente Javier Adrián Lebenas (Legajo N° 15.042, DNI 16.497.225);

Que por Resolución N° 1.068/PGAexCD/00, se le otorgó al agente Lebenas licencia extraordinaria sin goce de haberes, a partir del 1° de febrero de 2000 y mientras se desempeñara como Director General de la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología, dispuesta por Decreto N° 28/VP/00;

Que el citado, fue incorporado a la Planta Complementaria de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creada por la Ley N° 362, según lo dispuesto en la Resolución N° 205/00;

Que por Decreto N° 154/VP/02, fue reencasillado en el nivel 2;

Que posteriormente el agente Lebenas cesó en dicho cargo y fue designado Director General de la Comisión de Asuntos Constitucionales hasta el 18 de diciembre de 2003, fecha en la que por Decreto N° 31/VP/04, cesó en dicho cargo;

Que por Nota N° 9/P/04, se informa que el mencionado agente presta servicios en la Presidencia de este Cuerpo Legislativo;

Que por lo indicado correspondería convalidar dicha licencia, a partir del 1° de agosto de 2000 hasta el 18 de diciembre de 2003, conforme lo dispuesto en el artículo 72 de la Ordenanza N° 40.401 (B.M. N° 17.489), con retención de su partida presupuestaria correspondiente, dar por finalizada dicha licencia, a partir del 19 de diciembre de 2003 y asignar sus funciones en la Presidencia de este Cuerpo;

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, tomó en el caso la intervención que le compete;

Por ello;

En uso de las facultades otorgadas por los artículos 71 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y 88 del Reglamento Interno de este Cuerpo,

EL VICEPRESIDENTE PRIMERO DE LA LEGISLATURA DE

LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

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