Decreto N° 468/04

FirmantesIbarra - Albamonte - Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición29 de Marzo de 2004

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 468/ 04

OTORGA, A PARTIR DEL 1°/3/04, UN ANTICIPO ADICIONAL POR REENCASILLAMIENTO (ANTIGüEDAD) AL PERSONAL DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES QUE NO SE ENCUENTRE REGIDO POR UN ESCALAFÓN ESPECIAL - OTORGAMIENTO DE SUMAS - SUMA REMUNERATIVA - ASIGNACIÓN DE MONTOS - PERSONAL PLANTA PERMANENTE - SALARIOS - REMUNERACIÓN DE LOS TRABAJADORES - RETRIBUCIONES DEL PERSONAL - SUELDO DE AGENTES - CARRERA DE PROFESIONALES DE ACCIÓN SOCIAL - NIVELES ESCALAFONARIOS BAJOS - SISTEMA MUNICIPAL DE LA PROFESIÓN ADMINISTRATIVA - CATEGORÍA C03 - REMUNERACIÓN MÁXIMA - CARRERA ADMINISTRATIVA - CONCEPTOS REMUNERATIVOS - CONCEPTOS NO REMUNERATIVOS - RECOMPOSICIÓN SALARIAL

Buenos Aires, 29/03/2004

Visto el Expediente N° 18.230/2004, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 3.544/MCBA/91 (B.M. N° 19.131) se aprobó el Sistema Municipal de la Profesión Administrativa;

Que la política salarial del personal es una de las atribuciones del Poder Ejecutivo como responsable máximo de la Administración;

Que, en este sentido, se entiende oportuno asignar a los agentes de este Gobierno que no se encuentren regidos por un escalafón especial, un anticipo adicional por reencasillamiento de carácter transitorio, remunerativo y mensual, diferenciado por la respectiva antigüedad en el servicio y hasta el Nivel C, Grado 03, inclusive, el que será reabsorbido por eventuales mejoras salariales una vez aprobada la nueva carrera administrativa;

Que por razones de oportunidad se estima conveniente incluir en los alcances del beneficio que surge del considerando anterior tanto al personal encuadrado en la Carrera de Profesionales de Acción Social aprobada por Ordenanza N° 45.199 insistida por Ordenanza N° 45.206 y modificatorios, como al encuadrado en la Ordenanza N° 33.673 y Decreto N° 1.880/92;

Que, asimismo, se ha considerado que el presente aumento debe alcanzar únicamente a los niveles escalafonarios más bajos, en tanto no se supere el monto...

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