Decreto N° 668/03

FirmantesIbarra-Hecker-Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 3 de Junio de 2003

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

CONVENIOS

DECRETO N° 668/ 03

APRUEBA EL TEXTO DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ACADÉMICA A CELEBRARSE ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y LA UNIVERSIDAD DE PALERMO

Buenos Aires, 03/06/2003

Visto el Expediente N° 68.663/02, y

CONSIDERANDO:

Que por los presentes actuados la Secretaría de Desarrollo Económico propicia la suscripción de un Convenio de Colaboración Académica con la Universidad de Palermo, a través del cual las partes se comprometen a organizar Cursos Clínicos sobre litigios complejos en derecho de usuarios y consumidores a desarrollarse en el ámbito de la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor dependiente de la Subsecretaría de Producción y Empleo de la Secretaría de Desarrollo Económico del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor tiene entre sus objetivos la elaboración e instrumentación de planes programas y proyectos necesarios para la consolidación y desarrollo de las políticas destinadas a la protección del consumidor y de la competencia;

Que se torna conveniente la suscripción del convenio, por lo que corresponde, en consecuencia, aprobar el proyecto del citado convenio y autorizar al titular de la Secretaría de Desarrollo Económico a suscribir el mismo;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Apruébase el texto del Convenio de Colaboración Académica a celebrarse entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y la Universidad de Palermo a través del cual las partes se comprometen a organizar Cursos Clínicos sobre litigios complejos en derecho de usuarios y consumidores a desarrollarse en el ámbito de la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor, el que como Anexo I forma parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2°

Facúltase al señor Secretario de Desarrollo Económico, Lic. Eduardo Hecker, a suscribir el Convenio mencionado en el artículo 1° del presente.

Artículo 3°

El presente Decreto es refrendado por los señores Secretarios de Desarrollo Económico y Jefe de Gabinete.

Artículo 4°

Dése al Registro, publíquese en el...

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