Decreto N° 1621/00

Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición20 de Septiembre de 2000

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 1621/ 00

OPERATORIA EX PADELAI. FACULTA A LA SECRETARIA DE PROMOCIÓN SOCIAL EN REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD A QUE FIRME UN CONVENIO DE PRÉSTAMO CON EL BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES. REASIGNACIÓN DE CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS DE LA COMISIÓN MUNICIPAL DE LA VIVIENDA (RELACIONADOS CON LA SITUACIÓN DEL INMUEBLE IDENTIFICADO COMO EX PATRONATO DE LA INFANCIA). DELEGACIÓN DE FACULTADES - SECRETARÍA DE PROMOCIÓN SOCIAL - FIRMA DE CONVENIOS - CONVENIO DE ADMINISTRACIÓN DE FONDOS - BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES - REASIGNACIÓN DE CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS - COMISIÓN MUNICIPAL DE LA VIVIENDA - PATRONATO DE LA INFANCIA - FONDOS DE LA OPERATORIA EX PADELAI - PA.DE.LA.I - APROBACIÓN - MODELO DE CONVENIO DE DESOCUPACIÓN - DESOCUPACIÓN DEL PATRONATO DE LA INFANCIA - DESALOJO DEL PATRONATO DE LA INFANCIA - DECRETO 680-00 - UNIDAD EJECUTORA

Buenos Aires, 20/09/2000

Visto el Decreto N° 680/2000 y el Expte. N° 42.689/2000 relacionados con la situación del inmueble ubicado en el predio delimitado por las calles Humberto 1° 250, Balcarce 1110/50/70 y Avda. San Juan 253/59 identificado como ex-Patronato de la Infancia (PADELAI), y

CONSIDERANDO:

Que la Unidad Ejecutora creada por el citado Decreto N° 680/2000 se ha conformado en un todo de acuerdo con lo que dispone el Art. 2 de dicha norma, habiendo ya efectuado una serie de acciones tendientes a cumplir con los objetivos enunciados en la disposición de marras;

Que en el contexto citado corresponde aprobar lo actuado por la Unidad Ejecutora y, consecuentemente, disponer la materialización de la Operatoria ex-PADELAI, en cuanto se refiere al origen de los fondos y su administración, como así también el rol a desempeñar por los organismos competentes de la Administración Gubernamental.

Por ello, atento a lo dictaminado por la Procuración General, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo1° — Facúltase a la Secretaría de Promoción Social para que proceda, en representación y a favor del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a la firma de un Convenio de Préstamo con el Banco de la Ciudad de Buenos Aires por la suma de pesos un millón quinientos mil ($ 1.500.000.-) para ser utilizados en la Operatoria ex-PADELAI.

Art. 2°

— Procédase a efectuar una reasignación de créditos presupuestarios en la Secretaría de Promoción Social por la suma de pesos quinientos mil ($ 500.000.-) y en la Secretaría de Planeamiento Urbano - Comisión Municipal de la Vivienda por pesos un millón ($ 1.000.000.-) para ser utilizados en la Operatoria ex-PADELAI.

Art. 3°

— Autorízase a la Secretaría de Promoción Social para que, en representación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires firme un Convenio de Administración con el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, por un monto de pesos tres millones ($ 3.000.000.-) a los efectos de que dicha entidad financiera proceda a la administración de esos fondos destinados a la Operatoria ex-PADELAI.

Art. 4°

— Apruébase el modelo de "Convenio de Desocupación" identificado como Anexo I adjunto, el que a todos sus efectos forma parte integrante del presente decreto.

Art. 5°

— Apruébase el informe de fecha 7 de julio de 2000 presentado por la Unidad Ejecutora creada por Decreto N° 680/2000, identificado como Anexo II adjunto, el que a todos sus efectos forma parte integrante del presente decreto.

Art. 6°

— El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Promoción Social, de Planeamiento Urbano y de Hacienda y Finanzas.

Art. 7°

— Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, diríjase nota al Banco de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Secretarías de Planeamiento Urbano y de Hacienda y Finanzas, a la Procuración General y a las Direcciones Generales de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y de Contaduría General y, cumplido, pase a la Secretaría de Promoción Social a sus efectos.

IBARRA

Enrique García Espil

Daniel Figueroa

Raúl Fernández

Miguel Angel Pesce

ANEXOS

ANEXO I

CONVENIO DE DESOCUPACION

En la ciudad de Buenos Aires, a los .......... días del mes de .......... del año dos mil (2000), entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, representado en este acto por el Sr. Secretario de Promoción Social, Dr. Justo Daniel FIGUEROA, D.N.I. N° .........., en virtud de lo dispuesto por el...

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