Decreto N° 1348/99

Jefe de GobiernoFernando De La Rúa
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 6 de Julio de 1999

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 1348/ 99

INSTRUYE A LA PROCURACIÓN GENERAL PARA QUE PROMUEVA DEMANDA JUDICIAL PETICIONANDO LA DECLARACIÓN DE NULIDAD ABSOLUTA E INSANABLE DE LA RESOLUCIÓN N° 70-SOP-99 (SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS DE LA NACIÓN), QUE ACEPTÓ COMO LA ALTERNATIVA MÁS CONVENIENTE PARA LA TRAZA DE LA AUTOPISTA RIBEREÑA DE LA CAPITAL FEDERAL LA PROYECTADA BAJO DIQUES, ESTABLECIÓ LA NUEVA CONFIGURACIÓN DE LA TRAZA CONFORME A LA MEMORIA DESCRIPTIVA QUE COMO ANEXO I FORMA PARTE INTEGRANTE DE ESA RESOLUCIÓN Y CONVOCÓ A CONCESIONARIA VIAL ARGENTINO ESPAÑOLA SOCIEDAD ANÓNIMA (COVIARES) PARA QUE EN EL PLAZO DE SESENTA DÍAS Y AD REFERÉNDUM DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL ACUERDE CON LA CONCEDENTE LA MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE CONCESIÓN.

Buenos Aires, 06/07/1999

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 70-SOP-99 emitida con fecha 12 de abril de 1999 y publicada en el Boletín Oficial el 20-4-99, la Secretaría de Obras Públicas de la Nación aceptó como la alternativa más conveniente para la traza de la Autopista Ribereña de la Capital Federal la proyectada bajo Diques, estableció la nueva configuración de la traza conforme a la Memoria Descriptiva que como Anexo I forma parte integrante de esa resolución y convocó a Concesionaria Vial Argentino Española Sociedad Anónima (COVIARES) para que en el plazo de sesenta días y ad referéndum del Poder Ejecutivo Nacional acuerde con la concedente la modificación del contrato de concesión;

Que la traza aceptada por el Gobierno Nacional ha merecido por parte de la Subsecretaría de Planeamiento Urbano de la Ciudad de Buenos Aires, las siguientes observaciones:

  1. ) No se ha corroborado que las pendientes de diseño de este proyecto admitan el tránsito de camiones de gran porte para garantizar el acceso de los mismos al puerto, evitando de este modo su circulación por el Paseo de los Inmigrantes de la Costanera Sur.

  2. ) El modelo de autopista subacuática condiciona de manera importante las pendientes de ingreso y egreso en sus cabeceras, razón por la que necesita disponer de grandes superficies para permitir la factibilidad del proyecto, exigencia técnica imposible de satisfacer en las actuales condiciones del área.

  3. ) La idea está expuesta a complejísimas implicancias colaterales para su resolución, atento que las dos cabeceras están ocupadas por edificios con pilotajes de más de 40 metros de profundidad y en la cabecera sur hay un gasoducto que atraviesa el sector en profundidad.

  4. ) No está resuelta la accesibilidad de y hacia la Autopista 25 de Mayo.

  5. ) La construcción de 25.000 cocheras no está fundada en ningún estudio de tránsito y contradice las políticas oficiales del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires empeñadas en desalentar el ingreso masivo de vehículos al área central.

  6. ) El desarrollo de un centro de transbordo subterráneo no se compadece con los planes oficiales del Gobierno de la Ciudad, estructurados en base a estudios específicos y previos, que prevén la transformación del área de Retiro según resulta de la ley elevada recientemente a la Legislatura local.

  7. ) La generación de una amplia zona de actividad comercial subterránea no está contemplada en el Código de Planeamiento Urbano dentro de la urbanización de Puerto Madero.

  8. ) La generación de esa amplia zona de actividad comercial es contraria a la planificación urbana oficial que tiene en cuenta para Puerto Madero otro modelo de ocupación.

  9. ) El proyecto desconoce la importancia patrimonial del área sujeta al control de los Organismos de Preservación Patrimonial los que deben pronunciarse sobre la factibilidad de la obra, de conformidad a la Ordenanza de Protección Histórica que alcanza los diques de Puerto Madero.

  10. ) Existen dudas difíciles de evaluar sobre las consecuencias que podría acarrear el vaciado de aguas, movimiento de suelos y transformación de los actuales estados de carga del sector indicado en la propuesta.

  11. ) Se considera de alto y grave impacto ambiental el movimiento de barros depositados en el lecho de los diques, los que podrían provocar daños irreparables e innecesarios.

  12. ) No se conoce el efecto negativo sobre el proceso de urbanización de Puerto Madero, que provocará la desaparición de los espejos de agua por un tiempo indeterminado.

    Que por su parte la Subsecretaría de Tránsito también consideró observable la traza aceptada por el Gobierno Nacional, formulando las siguientes objeciones:

  13. ) En el proyecto se omite toda consideración con respecto al tratamiento del aire para no enviar la polución del túnel a la superficie y con respecto a la polución auditiva en la zona cerrada bajo tierra. Tampoco se acompañan estudios técnicos al respecto, debiendo tenerse en cuenta para apreciar la magnitud del problema que la superficie utilizable en estacionamientos, comercios, servicios y circulación sin incluir la autopista es equivalente a 40 hectáreas de zona urbana.

  14. ) Tampoco se analiza el problema de la congestión de entrada y salida de 25.000 coches en caso de que se ocuparan todas las cocheras.

  15. ) El proyecto adopta soluciones de compromiso que afectan la seguridad y aumentan el costo y tiempo de la obra para enfrentar el problema de diferencias de cota, ante la escasa distancia existente para hacer un descenso acorde al tránsito pesado.

  16. ) Existen problemas constructivos implicados por la necesidad de trabajar sobre terreno sedimentario y esponjoso que además requiere un túnel totalmente estanco, circunstancia que aumenta el costo y tiempo de la obra. Para dimensionar la trascendencia de este aspecto de la cuestión, debe tenerse presente que el material a remover implicaría el desplazamiento de más de 654.000 camiones de 10 metros cúbicos de capacidad de carga cada uno durante tres años.

  17. ) La ventilación del túnel sólo se obtendría instalando costosos sistemas.

  18. ) Se requerirían estudios profundos de detalle sobre tránsito con modelización inteligente de polución ambiental desde el punto de vista auditivo como del aire, y desde el punto de vista de la seguridad vial, habría que evaluar la traza que se propone especialmente en zonas de curvas y pendientes que son sectores potenciales de riesgos de accidentes.

    Que en sentido coincidente se expidió la Dirección General de Vialidad de la ciudad concretando su opinión...

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