Decreto N° 693/97

FirmantesDe La Rúa-Sanguinetti-Rodríguez Giavarini
Jefe de GobiernoFernando De La Rúa
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 6 de Junio de 1997

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 693/ 97

VETA LA ORDENANZA N° 51.650 QUE AUTORIZA A LAS ASOCIACIONES COOPERADORAS ESCOLARES PARA UTILIZAR LOS FONDOS DE REFERENCIA A FIN DE HACER FRENTE A INVERSIONES EN MANTENIMIENTO EDILICIO, REEQUIPAMIENTO ESCOLAR Y MATERIAL DIDÁCTICO

Buenos Aires, 06/06/1997

Visto la Carpeta N° 425-SED-97, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 1.106-SHyF- de fecha 26 de febrero de 1997 se exceptuó de las limitaciones establecidas por el artículo 21 del Decreto N° 2.388-92 (B.M. N° 19.372) el gasto de la suma de pesos un millón ochocientos veintidós mil ($ 1.822.000) que fuera entregada a favor de la ex Dirección General de Comunidad Escolar, dependiente de la Secretaría de Educación, con el objeto de solventar el pago de las prestaciones alimentarias de alumnos becados, correspondiente al mes de marzo de 1997 y hasta tanto se produjera la adjudicación definitiva en la Licitación N° 38-97;

Que algunas Asociaciones Cooperadoras Escolares utilizaron dichos fondos para el fin al que habían sido destinados por la citada resolución y que al efecto les fueron transferidos con imputación específica y cargo de rendir cuentas documentadas;

Que ante igual circunstancia otras Asociaciones Cooperadoras Escolares no afrontaron tal erogación por lo que los fondos siguen acreditados en sus cuentas, pero con cargo de devolución;

Que mediante la Ordenanza N° 51.650-97 se autoriza a las Asociaciones Cooperadoras Escolares, para utilizar los fondos de referencia a fin de hacer frente a inversiones en rubros comprendidos en las Ordenanzas Nros. 42.581 sobre Mantenimiento Edilicio, 43.406 destinada al Reequipamiento Escolar y 43.310 sobre Material Didáctico;

Que por Ordenanza N° 51.267, Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, se establecieron las prioridades de gastos que tienen como destino afrontar las demandas contempladas en las ordenanzas precitadas y que estos montos tienen como origen partidas con una finalidad distinta, que fueron entre­gados en razón de la situación de emergencia. Por lo tanto, una vez finalizada ésta, deben ser devueltos en caso de no haber sido utilizados;

Que la...

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