Decreto Nº 3.444

EmisorMin. Seguridad
Fecha de la disposición 4 de Diciembre de 2008

DECRETO Nº 3.444

Mendoza, 4 de diciembre de 2008

Visto el expediente Nº 1464-B-2008-00106, en el cual se solicita la aprobación del Contrato de Comodato celebrado entre el Ministerio de Seguridad, representado por el señor Ministro Carlos Germán Ciurca y la Unión Vecinal «El Espino», del Departamento General San Martín, Mendoza, representada por el señor Oscar Alberto Badatto, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el citado Contrato la Unión Vecinal da en comodato al Ministerio de Seguridad parte de un inmueble ubicado en Carril Chivilcoy s/n del Distrito El Espino del Departamento General San Martín, Mendoza, destinado al funcionamiento de una Delegación de la Policía de Seguridad Rural.

Por ello y conforme lo establecido por el art. 2º, inc. g) de la Ley Nº 7826 y modificatoria,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Apruébese el Contrato de Comodato celebrado entre el Ministerio de Seguridad, representado por el Ministro Carlos Germán Ciurca y la Unión Vecinal «El Espino», del Departamento General San Martín, Mendoza, representada por el señor Oscar Alberto Badatto, en fecha 14 de septiembre de 2008, el que en fotocopia certificada y como Anexo, forma parte del presente decreto.

Artículo 2º

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

CELSO ALEJANDRO JAQUE

Carlos Ciurca

______

ANEXO

Exp. 1464-B-2008-00106

Decreto Nº 3444

CONTRATO DE COMODATO

Entre el Ministerio de Seguridad, Provincia de Mendoza, representado en este acto por el señor Ministro Carlos Germán Ciurca, con domicilio legal en calle Salta Nº 672 del Departamento de Godoy Cruz, Provincia de Mendoza, República Argentina, por una parte, en adelante el Comodatario y por la otra el señor Oscar Alberto Badatto, L.E. Nº 6.889.284, con domicillo en carril Chivilcoy, s/n El Espino, Departamento de General San Martín, Provincia de Mendoza, República Argentina, en representación de la Unión Vecinal El Espino, Personería Jurídica Nº 108, en adelante llamado Comodante, han convenido ceictrar ei presente Contrato de Comodato, ad referéndum del Poder Ejecutivo, a título gratuito, el cual se sujetará a las siguientes cláusulas y condiciones:

Primera: Objeto: El Comodante da en comodato al Comodatario y éste acepta de plena conformidad en calidad de préstamo de uso precario y gratuito conforme a las disposiciones contenidas en el Artículo 2.255 y siguientes y concordantes del Código Civil, parte de un inmueble ubicado en Carril Chivilcoy...

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