Decreto Nº 236

EmisorMrio. de Produccion
Fecha de la disposición18 de Febrero de 2009

DECRETO Nº 236

Mendoza, 18 de febrero de 2009

Visto el expediente Nº 369-D-2008-01439; en el cual se tramita la aprobación del Convenio Ampliatorio y sus Anexos 1, 2, 3, 4 y 5, suscriptos entre la Provincia de Mendoza y el Instituto Nacional de Estadística y Censos (I.N.D.E.C.) en fecha 29 de diciembre de 2008, en el marco del Convenio aprobado por Decreto N° 2449/08; y

CONSIDERANDO:

Que el mencionado Convenio Ampliatorio y sus Anexos 1, 2, 3, 4 y 5 tienen como objetivo acordar entre las partes intervinientes, llevar adelante distintas actividades en cumplimiento del Programa de Estadística 2008;

Que los trabajos a realizar serán efectuados con los fondos provenientes del Instituto Nacional de Estadística y Censos (I.N.D.E.C.), girados por la Tesorería General de la Nación a la Dirección de Estadísticas e Investigaciones Económicas de la Provincia de Mendoza;

Por ello, en virtud de lo dispuesto por el Artículo 2° Inciso g) de la Ley N° 7826 y conforme con lo dictaminado por Asesoría Letrada del Ministerio de Producción, Tecnología e Innovación a fojas 38 y 60 de las actuaciones de referencia,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Apruébense el Convenio Ampliatorio y sus Anexos 1, 2, 3, 4 y 5, suscriptos en fecha 29 de diciembre de 2008, entre la Provincia de Mendoza, representada por el Señor Ministro de Producción, Tecnología e Innovación, Licenciado Guillermo Eduardo Migliozzi "ad referéndum" del Poder Ejecutivo y el Instituto Nacional de Estadística y Censos (I.N.D.E.C.), representado por su Directora, Licenciada Ana María Edwin, por los motivos expuestos en el primer considerando del presente decreto y que en fotocopia certificada forma parte del mismo.

Artículo 2º

El gasto que demande el cumplimiento del Convenio que se aprueba por el artículo anterior, será atendido con fondos provenientes de la Tesorería General de la Nación en la medida que se produzcan los ingresos a la Dirección de Estadísticas e Investigaciones Económicas de la Provincia, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 7°, Apartados a) y b) y 8° de la Ley N° 17.622 y por el Segundo Párrafo del Artículo 64 de la Ley N° 3799 y su modificatoria.

Artículo 3º

La Dirección de Estadísticas e Investigaciones Económicas de la Provincia, deberá rendir cuenta documentada al H. Tribunal de Cuentas de la Provincia conforme con lo dispuesto por el Artículo 14° del Acuerdo N° 2514/97 y por el Tercer Párrafo del Artículo 64 de la Ley N° 3799 y su modificatoria.

Artículo 4º

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

CELSO ALEJANDRO JAQUE

Guillermo Migliozzi

Exp. 369-D-2008-01439

Entre el Instituto Nacional de Estadística y Censos, en su carácter de organismo que dirige el Sistema Estadístico Nacional, según las disposiciones de la Ley N° 17622 y su Decreto Reglamentario N° 3110/70, en adelante denominado "El INDEC" representado en este acto por su Directora Lic. Ana María Edwin, con domicilio legal en Av. Julio A. Roca N° 609, Ciudad de Buenos Aires, por una parte, y por la otra, la Provincia de Mendoza, en adelante denominada "La Provincia", representada en este acto por el señor Ministro de Producción Tecnología e Innovación Lic. Guillermo E. Migliozzi, con domicilio legal en Av. L. Peltier 351, 6° Piso, Ciudad de Mendoza, "ad-referéndum" del Señor Secretario de Política Económica de la Nación y del Poder Ejecutivo de la Provincia de Mendoza, en el marco del convenio suscripto entre las mismas partes con fecha 20 de agosto de 2008 y que recibiera aprobación mediante Resolución S.P.E. Nº 162 de fecha 2 de octubre de 2008 y Decreto Provincial N° 2449/08, convienen en celebrar, conforme a las disposiciones de la Ley y Decreto citados, el presente Convenio Ampliatorio con las mutuas obligaciones que surgen de las siguientes cláusulas:

Primera: Objeto: El presente convenio ampliatorio tiene por objeto acordar, entre las partes intervinientes, llevar adelante distintas actividades en cumplimiento del Programa de Estadística 2008, y a tal fin implementa una colaboración técnica entre "El INDEC" y "La Provincia", a través de la Dirección de Estadística e Investigaciones Económicas de "La Provincia", en adelante "La Dirección".

Segunda: A los efectos de dar cumplimiento al fin público perseguido, resultó necesario ampliar los trabajos de dicho convenio con el desarrollo de las actividades que a continuación se detallan:

  1. Encuesta Nacional Económica, como Anexo 1.-

  2. Estadísticas de Permisos de Edificación, como Anexo 2.

  3. Sistema de Información de Estadísticas Locales, como Anexo 3.-

  4. Plan Nacional de Cartografía, como Anexo 4.

  5. Directorio Nacional de Unidades Económicas, como Anexo 5.

Tercera: Las partes garantizan el estricto cumplimiento, por parte de todas las personas que participan de las actividades motivo del presente convenio ampliatorio, de las normas sobre "secreto estadístico" y la "confidencialidad de la información", de conformidad con las disposiciones de la Ley N° 17622 y de la Disposición INDEC Nº 176/99.

Quinta: Una vez finalizadas las actividades establecidas en el presente convenio, "La Dirección" deberá practicar una Rendición Final de Cuentas sobre el total de los montos pagados por cada actividad.

Sexta: Las partes declaran tener competencia legal y la pertinente facultad para celebrar y firmar el presente Convenio Ampliatorio y sus Anexos, en virtud de las

respectivas disposiciones legales y administrativas que rigen el funcionamiento de los organismos que representan, todo ello en el marco del convenio referenciado en la Cláusula Primera, manteniéndose vigentes todas y cada una de las cláusulas en él estipuladas, que no hayan sido objeto de modificación o sustitución por el presente.

En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de igual tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Buenos Aires, a los 29 días del mes de diciembre del año 2008.

ANEXO 1

ACTIVIDAD ENCUESTA NACIONAL ECONÓMICA 2008

PROVINCIA: MENDOZA

  1. - PERSONAL Y PERFIL:

    DURACIÓN CONTRATO

    DENOMINACIÓN

    PERFIL

    DE LA TAREA

    Preferentemente con estudios universitarios. Conocimiento de la normativa administrativa

    provincial y de la Ley de Estadística. Sólidos conocimientos y experiencia en metodología

    y organización de relevamientos de datos económicos. Capacidad de organización y

    experiencia en la aplicación de metodologías de control de gestión. Manejo de utilitarios

    Coordinador

    informáticos. Capacidad de negociación y resolución de situaciones complejas. Capacidad

    6 meses

    Provincial

    de liderazgo, conducción y organización de equipos de trabajo. Capacidad de comunicación

    para el establecimiento de excelentes relaciones interpersonales. Capacidad para la

    transmisión de contenidos. Disposición para aceptar las metodologías establecidas para el

    levantamiento de la información. Tendrá dependencia directa del Director Provincial de

    Estadística. Experiencia Laboral: Mínimo 12 meses.

    Secundario completo, preferentemente estudiante de nivel terciario o universitario en

    Ciencias Económicas o Carreras Afines. Buen manejo de la entrevista. Conocimiento de la

    Analista/

    información relevada, buena presencia, compromiso ético. Conocimiento de la Ley de

    Recepcionista/

    Estadística especialmente el Art. 10°. Aptitud para informar sobre la gestión realizada,

    6 meses

    posibilidad de resolver conflictos con locales incumplidores, predisposición para solucionar

    dudas telefónicas a los respondentes. Manejo de utilitarios informáticos...

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