Decreto Nº 2.701

EmisorMrio. de Gbno. Trabajo y Justicia
Fecha de la disposición28 de Diciembre de 2015

DECRETO Nº 2.701

Mendoza, 28 de diciembre de 2015

Visto el estado de emergencia administrativa, fiscal y financiera en que se encuentra la Provincia; y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesaria una urgente reorganización del los recursos humanos y materiales con que cuenta el mismo, a fin de ponerlos a disposición de un mejor cumplimiento de los fines superiores a que está destinado;

Que en tal contexto, luego de haber realizado un primer examen sobre la actual distribución del recurso humano en las distintas áreas de la administración central y sus entes autárquicos y descentralizados, se detecta una gran disparidad de criterios en la forma en la que se están asignando funciones y tareas dentro de las distintas jurisdicciones, así como sus correspondientes adicionales;

Que, paralelamente, no resulta posible realizar un diagnóstico certero sobre la situación de revista real de cada agente, ya que los datos que registran los distintos departamentos o áreas responsables no siempre se condicen con la real prestación que viene desempeñando dicho agente;

Que este diagnóstico se ha visto además obstaculizado por la inexplicable actitud de ocultar, omitir o transmitir toda la información necesaria y adecuada por parte de la gestión saliente, a lo que se suma que en muchos casos, se han operado adscripciones de personal cuyos actos de otorgamiento no han sido publicadas en el Boletín Oficial;

Que dicho escenario se ve agravado con los recientes acuerdos paritarios, por los que se ha obligado el Estado a la incorporación a la planta de personal de prestadores o locadores que estaban vinculados a la Administración mediante figuras contractuales ajenas al sistema estatutario;

Que no obstante el Gobierno saliente haber firmado y homologado dichos acuerdos paritarios, no ha concluido los procedimientos administrativos tendientes a su cumplimiento, lo que ha implicado una desordenada carga de novedades en el sistema de liquidación de haberes, además de un bajo porcentaje de expedientes en los que se ha dictado el acto administrativo de rigor, no existiendo además a la fecha, un relevamiento de la cantidad de contratos incluidos en el marco de las paritarias ratificadas por Ley 8798, ni mucho menos la identificación de los beneficiados con la misma, sus funciones, ni el costo presupuestario que implica dicha incorporación a la planta permanente del Estado Provincial;

Que tal estado de situación imposibilita cualquier política que se intente emprender en materia de organización del empleo público en la Provincia;

Que por Ley N° 8883 se ha declarado la emergencia administrativa, fiscal y financiera en la Provincia, disponiendo el Poder Ejecutivo de las herramientas necesarias a fin de conjugar dicha situación de emergencia, en aras de la normalización de sus servicios y una creciente mejora en la calidad de sus prestaciones;

Que, por otro lado, a la fecha está vigente el Decreto Acuerdo N° 952/15 por el que se dispuso la continuidad de las incorporaciones de agentes al sistema de los Adicionales por Mayor Dedicación, Dedicación de Tiempo Completo, Mayor...

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