Decreto N° 2.605

EmisorMinisterio de Salud, Des. Social y Deportes
Fecha de la disposición 9 de Diciembre de 2015

DECRETO N° 2.605

Mendoza, 9 de diciembre de 2015

Visto el expediente 6537-D-15-77770 en el cual se solicita aprobar la estructura organizativa del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes conforme lo dispuesto por la Ley N° 8830; y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Provincia de Mendoza, en su Artículo 128° enumera las atribuciones del Poder Ejecutivo, fijando en su punto 1 que el Gobernador tiene a su cargo la administración general de la Provincia, por lo que es de su competencia aprobar las estructuras organizativas de sus dependencias.

Que el Art. 17 de la Ley N° 8830, dispone las competencias del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes.

Que el Art. 18 establece que se relacionarán con el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes: la Obra Social de Empleados Públicos, la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF) y los Hospitales Públicos descentralizados.

Que el Art. 3° de la Ley N° 8830 establece las atribuciones y deberes de los Ministros y prevé la delegación de competencias administrativas.

Por ello,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Modifíquese la Planta de Personal prevista en el Presupuesto General vigente y transfiéranse los cargos al Carácter, Jurisdicción, Unidad Organizativa, Clasificación Presupuestaria, Ubicación Escalafonaria, Clase y Unidad de Gestión en la forma que se indica en la Planilla Anexa I que forma parte del presente decreto.

Artículo 2°

Apruébese la estructura organizativa del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, según el Organigrama que como Anexo II forma parte integrante del presente decreto y las misiones y funciones que a continuación se describen:

JEFATURA DE GABINETE

MISIÓN

Coordinar y monitorear las políticas y decisiones adoptadas por el Sr. Ministro conforme a las disposiciones legales vigentes, en un marco de eficacia, eficiencia y transparencia.

Llevar adelante la coordinación integral de las acciones del Ministerio, desarrollando las funciones que hacen a su competencia.

FUNCIONES

• Coordinar y monitorear las decisiones emanadas por el Sr. Ministro, resultando ser el nexo natural e inmediato entre las actividades de las diferentes Subsecretarías del Ministerio para el cumplimiento de las políticas sanitarias y los objetivos propuestos.

• Informar al Sr. Ministro lo actuado por sus dependencias, a efectos de adoptar las decisiones que estime corresponder.

• Preparar y coordinar las reuniones de Gabinete y presidirlas cuando expresamente el Sr. Ministro lo delegue.

• Entender en la Representación Institucional del Sr. Ministro en los temas que le delegue el mismo.

• Resolver sobre los temas que le indique el Sr. Ministro, en los ámbitos de su competencia.

• Realizar funciones de enlace entre las Subsecretarías y el Ministro.

• Anualmente junto con las Subsecretarías elaborar la Memoria detallada de las acciones desarrolladas,

• Asignar funciones y coordinar las acciones del cuerpo de Asesores

DIRECCION DE ASUNTOS JURÍDICOS

MISIÓN

Cumplir función administrativa consultiva de colaboración técnica y jurídica, preparatoria de la voluntad de los Órganos que ejercen administración activa.

FUNCIONES

• Asesorar, dictaminar y evacuar consultas sobre aspectos legales y jurídicos pedidos por el Sr. Ministro de Salud a través de la Jefatura de Gabinete.

• Asesorar, dictaminar y evacuar consultas sobre aspectos legales y jurídicos pedidos por otros funcionarios del Ministerio de Salud.

• Tramitar los sumarios administrativos que versen sobre agentes y/o hechos acaecidos en dependencias del Ministerio de Salud, que no cuenten con servicio jurídico específico.

• Velar por el uso apropiado de métodos complementarios e insumos.

• Facilitar la participación de la comunidad organizada en las acciones relativas al cumplimiento de Programas.

SECRETARIA PRIVADA

MISIÓN

Brindar la correcta información y comunicación del accionar del Ministerio. Realizar tareas de control, verificación de las piezas administrativas, Organizar las actividades protocolares y de ceremonial del Ministerio.

FUNCIONES

• Informar a los usuarios internos y externos de los servicios que presta el Ministerio.

• Comunicar las actividades que se desarrollan en el Ministerio.

• Controlar el cumplimiento de las normas legales vigentes en las piezas administrativas que son firmadas por el Sr. Ministro.

• Cumplir con los actos protocolares y ceremoniales del Ministerio.

ESCUELA DE SALUD PÚBLICA

MISIÓN

Promover la producción, el intercambio y la divulgación interdisciplinaria de conocimientos en salud, desarrollando la excelencia en las tareas de investigación, formación y asistencia técnica con la incorporación de nuevas tecnologías, a partir de las necesidades territoriales para optimizar el sistema de salud pública (Decreto N° 477/14).

FUNCIONES

• Capacitación, y formación de los equipos de salud a partir de las necesidades territoriales de las organizaciones e instituciones.

• Promover la participación activa de la comunidad e integración de la sociedad en los temas de salud de las personas y de la población.

• Cooperación permanente con otras ESPM del país y Latinoamérica

• Brindar asistencia técnica a instituciones, organizaciones que así lo requieran

• Facilitar la incorporación y adaptación de las tecnologías digitales de avanzada

• Fortalecer los diversos vínculos de formación e investigación con las universidades y facultades de la provincia, del país y del exterior.

• Consolidar y promover sólidas articulaciones de investigación con el Ministerio de Ciencia y Tecnología y el Conicet, además de otras instituciones de la Provincia, el país y el extranjero.

• Promover la visibilidad del conocimiento generado internamente a través de capacitación.

• Construir un centro de documentación para promover intercambios que mejoren la efectividad del Ministerio de Salud.

OBRA SOCIAL EMPLEADOS PÚBLICOS (O.S.E.P.)

MISIÓN

Es orientar sus inversiones en la generación de servicios de salud propios, turismo social, etc., pero el gran impacto financiero se concentra en la contratación de prestaciones médicas asistenciales a terceros proveedores. La evolución del modelo prestador de servicios médicos en la Argentina muestra que a través del financiamiento de la seguridad social médica se produce el gran desarrollo del sector privado en salud.

FUNCIONES

• Participar en la elección del Director General

• Coordinar en las prestaciones de los servicios de Salud de sus afiliados

• Dar soluciones a las diferentes temáticas en salud

• Trabajar en forma conjunta entre la obra social y el Gobierno Provincial para llevar a cabo una política estratégica de salud.

SUBSECRETARÍA DE SALUD

MISIÓN

Garantizar el acceso a los servicios de diagnósticos y tratamientos, en calidad y oportunidad; fortaleciendo el abordaje terapéutico en enfermedades catastróficas a todos los habitantes de la Provincia.

FUNCIONES

• Elevar al Sr. Ministro la propuesta del presupuesto anual de la Subsecretaria.

• Supervisar, controlar y coordinar el cumplimiento de las tareas de cada una de las Direcciones.

• Controlar la conducción de las organizaciones asistenciales dependientes del estado Provincial.

• Asegurar el funcionamiento de Programas de atención de enfermedades catastróficas.

• Supervisar el funcionamiento de los servicios de traslado y atención in situ de las personas afectadas por patologías urgentes o emergentes.

• Promover y fomentar las relaciones interinstitucionales de asistencia.

• Fiscalizar y controlar los procesos de producción y las tecnologías aplicadas.

• Supervisar y controlar el establecimiento de los estándares para la protección y seguridad de los alimentos.

• Supervisar la gestión de residuos patogénicos (Ley Provincial N° 7168) en los Establecimientos de salud públicos y privados.

• Supervisar la gestión de residuos peligrosos (Ley Provincial N° 5917 de adhesión a la Ley Nacional N° 24.051 y Ley Nacional N° 25612 de Presupuestos mínimos de protección ambiental sobre la gestión integral de residuos de origen industrial y de actividades de servicios) que se generan en los establecimientos de salud tanto públicos como privados.

DIRECCIÓN GENERAL

DE HOSPITALES

MISIÓN

Controlar la prestación de servicios de la mejor calidad técnica y con recurso humano capacitado, coordinando las acciones con los distintos niveles de complejidad y de efectores de la provincia, tanto públicos como privados.

FUNCIONES

• Supervisar y evaluar en forma permanente las acciones de los efectores.

• Organizar los efectores para satisfacer las necesidades de salud de la población.

DIRECCIÓN GENERAL

METROPOLITANA

(NORTE Y SUR)

DIRECCION GENERAL REGION (ESTE, VALLE DE UCO Y SUR)

MISIÓN

Organizar, dirigir y controlar en el ámbito de la Provincia de Mendoza de acuerdo a la Región sanitaria asignada la prestación, accesibilidad y calidad de los servicios sanitarios en promoción, prevención y asistencia en el primer nivel de atención, atención hospitalaria, atención pre y post hospitalaria coordinando toda la red sanitaria provincial pública, orientados al mejoramiento de las condiciones de salud y bienestar de la población, en el marco de los recursos que a tal efecto se le asignaren.

Fortalecer el nexo entre la Nación, la Provincia y los Municipios

FUNCIONES

• Ejecutar regionalmente las políticas de salud planificadas por el Ministerio.

• Implementar en la Región a su cargo la Estrategia de Atención Primaria de la Salud.

• Relevar los recursos tecnológicos de diagnóstico y tratamiento disponibles.

• Proponer al Ministerio la asignación de recursos presupuestarios a cada uno de los efectores de la región.

• Identificar la población a cargo con sus características demográficas y epidemiológicas para que sirvan de fundamento a la distribución de recursos humanos, físicos y tecnológicos y contribuyan a la gestión asistencial.

Proponer al Ministerio la cartera de servicios...

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