Decreto N° 2.236

EmisorMinist. Secretaria Gral. de la Gobernacion
Fecha de la disposición25 de Agosto de 2008

DECRETO N° 2.236

Mendoza, 25 de agosto de 2008

Visto el expediente N° 351-G-03-03840, en el cual el Señor Gonzalez, Isaías Ramón solicita la adjudicación de una fracción de terreno fiscal, ubicado en el sector J - Fracción F - Ruta Provincial N° 171 - Campo La Llave - Distrito Monte Comán - Departamento San Rafael; y

CONSIDERANDO:

Que el inmueble mencionado es parte de una mayor extensión, propiedad del Gobierno de la Provincia de Mendoza, inscripto como 1ª inscripción al N° 21.840, fojas. 301, del Tomo 110-E, Dpto. San Rafael, con una superficie de 1.361 has. 3.531,21 m2, según Mensura N° 17/51080, Padrón de Rentas N° 17/82263-6.

Que el Organismo de Aplicación del Decreto-Ley N° 4.711, ha analizado la situación del solicitante y del inmueble, determinando que se ajusta el caso planteado a los requisitos del mencionado Decreto-Ley, establecidos específicamente en sus Títulos I, II, III.

Que mediante la aplicación del Decreto-Ley N° 4711, se procura solucionar problemas socio-rurales, por lo que es de aplicación el sistema de adjudicación previsto en los art. 15°, inciso d) y 16°, del mencionado Decreto-Ley.

Que, asimismo, se atiende a la política actual del Estado, a cuya instrumentación acude la Ley como motor estableciendo claramente las posibilidades y los derechos y obligaciones de los solicitantes, brindando la seguridad jurídica necesaria para el normal desenvolvimiento de su actividad productiva.

Que a fj. 123/126 de las citadas actuaciones obra el Compromiso de compra-venta suscripto entre la Provincia de Mendoza, representada por el Sr. Secretario de Medio Ambiente y el adjudicatario, Señor Isaías Ramón Gonzalez, donde se especifican las condiciones particulares de adjudicación, de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 22 y 48 del Decreto-Ley 4.711.

Por lo expuesto, en razón de lo dictaminado por las Asesorías Legales de la Dirección de Ordenamiento Ambiental y Desarrollo Urbano y de la Secretaría de Medio Ambiente, por Asesoría de Gobierno y por Fiscalía de Estado;

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 2º

Apruébese el Compromiso de compra-venta suscripto entre la Provincia de Mendoza, representada por el señor Secretario de Medio Ambiente, Dr. Guillermo Carmona y el Sr. González, Isaías Ramón, donde se establecen las condiciones particulares que hacen a la adjudicación en venta del terreno individualizado en el artículo anterior, el que como anexo en fotocopia certificada integra el presente decreto.

Artículo 3º

Escribanía General de Gobierno otorgará la correspondiente Escritura Traslativa de Dominio a favor del adjudicatario, quien queda eximido de abonar el impuesto de sellos, según lo establecido en el art. 34 del Decreto-Ley N° 4711. La referida escritura se otorgará cuando estén satisfechas las exigencias del art. 25, inc. d) del referido Decreto-Ley, tal como lo prescribe el art. 34, Título IX: "Del Título de Propiedad" de la normativa citada precedentemente.

Artículo 4º

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

CELSO ALEJANDRO JAQUE

Luis Alejandro Cazabán

_______

ANEXO

COMPROMISO

DE COMPRA VENTA

Entre la Provincia de Mendoza, representada en este acto por el Sr. Secretario de Medio Ambiente , Dr. Guillermo Carmona ad referéndum del Poder Ejecutivo, en virtud de lo dispuesto en los Art. N° 2, 21, 30 y subsiguientes de la Ley Provincial 7826 y el Art. N° 4 del Decreto Reglamentario N° 3776/07, denominado en adelante "La Provincia", con domicilio real en Casa de Gobierno -7° Piso- Cuerpo Central, Ciudad de Mendoza, por una parte, y por la otra, el Sr. González, Isaías Ramón, L.E.. 07.372.502, domiciliado en el Sector "J", Fracción F, Ruta Provincial N° 171, Distrito de Monte Comán, Departamento de San Rafael, Mendoza, en adelante "El Adjudicatario", convienen celebrar el presente compromiso de compra venta, ad referéndum del Poder Ejecutivo Provincial, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones particulares:

Cláusula Primera: La Provincia se obliga a vender a El Adjudicatario, en las condiciones y marco normativo de la Ley N° 4.711 de Colonización, una fracción de terreno de su propiedad, perteneciente al denominado Sector "J", parte de una mayor extensión, inscripto en el Registro Público y Archivo Judicial de la Provincia, como 1º inscripción al Nro. 21840, fs. 301, Tomo 110-E, del Departamento de San Rafael, con fecha 17/11/1950, con las características que se detallan en el Expediente Nro. 351-G-2003-03840, ubicado en el Distrito de Monte Comán, Departamento de San Rafael, identificado como lote F, con una superficie de mil trescientos sesenta y una hectáreas, y tres mil quinientos treinta y un metros cuadrados y veintiuno decímetros cuadrados (1361 Has. 3531.21 m2), según plano de Mensura Nro. 17/51080, sin derecho de riego efectivo y que...

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