Decreto Nº 2.071
Emisor | Municipalidad de Lujan |
Fecha de la disposición | 1 de Septiembre de 2016 |
DECRETO Nº 2.071
Luján de cuyo, Mendoza, 1 de setiembre de 2016
Visto: El expediente N°5981-2016 en el cual consta Convenio entre la Dirección Nacional de Vialidad y la Municipalidad de Lujan de Cuyo, por la cual se transfiere con cargo al Municipio un terreno constante de una superficie de 4 hectáreas
2.002,20 metros, ubicado en la margen norte del Rio Mendoza,
margen izquierda de la Ruta Provincial N°1 (ex Ruta nacional 40 Sur),
el cual no posee título y está en posesión del Municipio desde el año 1.995, y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 02 consta Convenio entre la Dirección Nacional de Vialidad y la Municipalidad de Lujan de Cuyo, por la cual se transfiere con cargo al Municipio un terreno constante de una superficie de 4 hectáreas
2.002,20 metros, ubicado en la margen norte del Rio Mendoza,
margen izquierda de la Ruta Provincial N°1 (ex Ruta nacional 40 Sur),
el cual no posee título y está en posesión del Municipio desde el año 1.995;
Que el Departamento ha considerado necesario
realizar los trámites para llevar a cabo la prescripción adquisitiva administrativa del terreno denominado Parque Costero;
Que al respecto la Ley 21.477 y su modificatoria 24.320, exige se dé cumplimiento por parte del estado de los requisitos establecidos en el art. 4015 del antiguo Código Civil, hoy estipulados en el artículo 1899 del Código Civil y Comercial de la Nación,
Que la Oficina de Registro Municipal solicitó informes acerca del cargo que debía cumplir este Municipio el cual constaba de la Ejecución de pavimentación de la calle lateral este del acceso sur hacia Mendoza, entre las calles Carrodilla y J.J.Paso y la Dirección de Obras Viales constató la obra realizada;
Que así mismo de la Secretaria de Servicios Públicos se informa que se realizan tareas de mantenimiento y limpieza del predio, que la Secretaría de Obras e Infraestructura
advierte que posee red de agua potable precaria, y desde la Dirección de Estudios y Proyectos informó que se han realizado una seria de obras civiles que mejoran el terreno;
Que obra Dictamen N°2930, emitido por el
Cuerpo de Abogados que analizadas las presentes actuaciones el Municipio ha dado cumplimiento al requisito formal exigido por la Ley, que será la posesión veinteñal y que la misma resulta pacifica e ininterrumpida, como así también los solicitado por la Ley 24.230, en su art. 2 en cuanto a los informes administrativos y la copia del Convenio de cesión que da origen a la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba