Decreto n° 144

EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición 5 de Marzo de 0007

DECRETO N° 144

Mendoza, 30 de enero de 2007

CONSIDERANDO:

Que los manifestantes en su presentación de fecha 3 de junio de 1998, obrante a fs. 1/3 del expediente N° 01209-M-98-01027 indican que en los antecedentes del contrato de transferencia se contabilizaron los créditos provenientes de deudores por I.V.A.-Débito Fiscal con un saldo equivalente al importe reclamado, los que consideran que son inexistentes en razón de que el ex Banco Mendoza S.A. no cuenta con los inventarios detallados que le permitan individualizar las operaciones crediticias que dieron lugar a los mismos en concepto de I.V.A., ni a los deudores de tales créditos.

Que dichos importes se encontraban contabilizados como créditos en el rubro ¬ìCréditos Diversos¬î, en el estado de Situación Patrimonial del ex Banco Mendoza S.A. al 30 de noviembre de 1996, sin indicación ni referencia a crédito individual alguno que permita identificar la existencia de persona obligada al pago de tales sumas, proviniendo el rubro reclamado del devengamiento por I.V.A. que el ex Banco efectuaba al momento de liquidar un préstamo, el que se registraba aparentemente en una cuenta general que no tiene respaldo en la parte operativa.

Que concluyen indicando que los resultados de la exhaustiva investigación y búsqueda de antecedentes relativos a los mismos fueron negativos y que tal falta de documentación e inventario que permitan individualizar al deudor y al crédito que corresponde al devengamiento producen el devenir en inexistentes de tales acreencias.

Que la presente reclamación no fue continuada en su tramitación dada la confusa y poco clara situación del ex Banco Mendoza S.A. en virtud de los hechos de público y notorio conocimiento sucedidos en el año 1999, a saber: la revocación de la autorización para funcionar como entidad financiera, su intervención judicial, la aplicación del régimen de exclusión de activos y pasivos, la constitución del Fideicomiso Mendoza y la tramitación del expediente judicial de Cese de Actividad Reglada.

Que Seguro de Depósitos Sociedad Anónima - SE.DE.S.A., se presenta a fs. 121/122 del expediente N° 01209-N-98-01027, con fecha 16 de diciembre de 2004, por medio de apoderado que acredita la personería en legal forma, solicitando el pago del importe reclamado por el Banco Mendoza S.A. con los mismos argumentos alegados por los reclamantes originarios. Manifestando que su legitimación activa se fundamenta en que el crédito motivo del reclamo le fue cedido el 21 de noviembre de 2003, por el Banco Regional de Cuyo S.A., en su carácter de fiduciario del Fideicomiso Mendoza y acompañan copia certificada de la escritura de cesión número 259, obrante a fs. 123/127, notificada al Gobierno de la Provincia, según constancias obrantes a fs. 136/143. Expresando que la cesión antecedente fue efectuada a favor del Banco Regional de Cuyo S.A., en el carácter citado, mediante escritura N° 280, de fecha 23 de setiembre de 1999, la que no adjunta.

Que la pretensión expresada por el Consorcio Adjudicatario ex Magna Inversora S.A. - ex Banco República S.A. (actualmente Grupo República S.A.) y el ex Banco Mendoza S.A., la fundan en lo dispuesto por la Cláusula 3°, punto 3.5, (donde se estableció que el vendedor garantizaba la existencia de los activos denunciados) y lo normado por la cláusula 7° (que ordena que el vendedor debe indemnizar integralmente al comprador por el incumplimiento del contrato) del Contrato de Transferencia del noventa por ciento de las acciones del ex Banco de Mendoza S.A. y ex Banco Previsión Social S.A. (ahora fusionados en el otro reclamante: Banco Mendoza S.A.), estableciéndose un contrato de compraventa de acciones.

Que los presentantes adjuntan como prueba el estado de situación patrimonial especial al 30 de noviembre de 1996 y ofrecen la...

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