Decreto N° 140

EmisorMinisterio de Tierras, Ambiente y Recursos Naturales
Fecha de la disposición22 de Enero de 2015

DECRETO N° 140

Mendoza, 22 de enero de 2015

Visto el Expediente N° 78-T-05-03840, en el cual se tramita la escritura traslativa de dominio a favor de la Srta. Valeria Elizabeth Tortosa y del Sr. Darío Andrés Tortosa del lote N° 22 B - Manzana "M", Colonia Pehuenche II, Departamento de Malargüe; y

CONSIDERANDO

Que por Decreto N° 2274/06 se ratificó la Resolución N° 36 de fecha 04 de mayo de 1995, emitida por la ex Dirección General de Tierras, Fronteras y Poblamiento, por la cual se adjudicaron en venta en forma directa los lotes de las manzanas L, M, N, Q y P de la Colonia Pehuenche Segunda Etapa, Departamento de Malargüe a los adjudicatarios detallados en el Anexo I de la referida resolución.

Que a fs. 25/28 obra fotocopia del Compromiso de Compra Venta suscripto entre el funcionario citado precedentemente y el Sr. Eduardo Andrés Tortosa, D.N.I. N° 10.168.961, mediante el cual el Poder Ejecutivo Provincial se obligó a vender una fracción de terreno conocida como Lote N° 22 B de la Manzana "M", con una superficie total de 3 has. 9.577,26 m2, según plano de mensura N° 19/1369.

Que el adjudicatario ha cancelado el precio estipulado en el mencionado compromiso según informe Contable que obra a fojas 71 y 89.

Que según inspección realizada por la Dirección de Desarrollo Territorial, la cual que se adjunta a fs. 100/101, se constató que el Sr. Darío Andrés Tortosa no ha dado cumplimiento con lo dispuesto en la Cláusula Quinta, incisos d), e), g), i), j), k), l), m), y ñ) del Compromiso de Compra Venta asumiendo el cumplimiento de las obligaciones los herederos, las que se constatarán en forma previa a la escrituración del lote.

Que a fs. 99 y vta. obra Oficio Judicial del Primer Juzgado en lo Civil, Comercial y Minas de la Segunda Circunscripción Judicial ordenando se proceda a escriturar el inmueble referido a nombre de los herederos Srta. Valeria Elizabeth Tortosa y Sr. Darío Andrés Tortosa en la proporción que por ley corresponde (en condominio y partes iguales), por el fallecimiento del adjudicatario Sr. Eduardo Andrés Tortosa.

Por ello, en virtud de los dictámenes emitidos por Asesorías Legales de la Dirección de Desarrollo Territorial, del Ministerio de Tierras, Ambiente y Recursos Naturales, Asesoría de Gobierno y por Fiscalía de Estado;

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1°

Acéptese la adjudicación judicial efectuada por el Primer Juzgado en lo Civil, Comercial y...

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