Decreto N° 1.808

EmisorMin. Seguridad
Fecha de la disposición12 de Diciembre de 2016

DECRETO N° 1.808

Mendoza, 12 de diciembre de 2016

Visto el Expediente N° 3954-D-16-00115, en el cual se solicita la aprobación del Convenio celebrado entre la "Fundación Instituto Universitario de Seguridad Pública" representada por el Presidente del Consejo de Administración Sr. Néstor Octavio Majul y el Ministerio de Seguridad representado por su titular, Dr. Gianni Andrés Patricio Venier, y

CONSIDERANDO:

Que el citado convenio tiene como objetivo coordinar y desarrollar acciones que se identifiquen con la finalidad que dio origen a la creación de la "Fundación Instituto Universitario de Seguridad Pública", de conformidad a lo establecido en el Artículo 1° del Acta Fundacional y al Estatuto de la misma, Capítulo 2°, Objeto y en el Artículo 5°, inciso a) sobre Aporte Financiero por parte del Gobierno de la Provincia para el sostenimiento de las actividades de la misma;

Que por Resolución N° 454/99 de la Dirección de Personas Jurídicas se aprobó el Estatuto de la citada Fundación y se autorizó el funcionamiento de la misma como persona jurídica;

Que mediante Decreto N° 2249/98 se ratificó el Acta Constitutiva de la "Fundación Instituto Universitario de Seguridad Pública", suscripta con fecha 1 de diciembre de 1998, entre el Gobierno de la Provincia de Mendoza y la Universidad Nacional de Cuyo;

Que el artículo 5° inciso a) del Estatuto de la referida Fundación, aprobado por Resolución N° 454/99 de la Dirección de Personas Jurídicas, establece que el Gobierno de la Provincia contribuirá al sostenimiento de las actividades de la entidad, a través de recursos financieros directos y de los que se gestionen por otras instituciones públicas o privadas;

Que la "Fundación Instituto Universitario de Seguridad Pública" tiene por objetivo el desarrollo de cursos y carreras de todos los niveles para la formación y capacitación de recursos humanos que atiendan la problemática de la seguridad pública y el desarrollo de tareas de investigación referidas a la misma;

Que el Gobierno de la Provincia, a través del Ministerio de Seguridad, deberá efectuar un aporte de conformidad a las posibilidades económico-financieras de la Provincia, en el marco que determine la Ley de Presupuesto del Ejercicio 2016;

Que la Ley de Tránsito N° 6082 y modificatorias, en su artículo 148 establece que del total recaudado en concepto de Multas de Tránsito, el veinte por ciento (20%), será destinado al Instituto Universitario de Seguridad Pública;

Que a fs. 112/113 del expediente de referencia obra autorización expresa del Titular del Ejecutivo Provincial, en el marco de lo normado por el Artículo 7° del Decreto Acuerdo N° 65/16;

Por ello, conforme con lo establecido por el art. 3°, inc. i) de la Ley N° 8830 y lo...

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