Decreto N° 1.294

EmisorMrio de Agroindustria
Fecha de la disposición 5 de Agosto de 2015

DECRETO N° 1.294

Mendoza, 5 de agosto de 2015

Visto el expediente N° 1067-D-2015-01283, en el cual se solicita la ratificación del Convenio y su Anexo suscripto entre la Provincia de Mendoza y el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución N° 496/2008 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos del ex Ministerio de Economía y Producción, actual Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, se creó el Programa de Desarrollo de las Economías Regionales en el ámbito de dicha Secretaría;

Que el objetivo principal de dicho Programa es mejorar las condiciones competitivas de las empresas en un marco de desarrollo regional sustentable;

Que en virtud de que el citado Ministerio se encuentra ejecutando acciones tendientes al mejoramiento de los productores agropecuarios en pos del avance de las economías regionales, la Provincia de Mendoza ha solicitado asistencia financiera teniendo en cuenta la contribución al valor bruto a nivel nacional y a la generación de empleo que proporciona la actividad vitivinícola;

Que actualmente dicha actividad se encuentra atravesando una situación de crisis, motivo por el cual el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación y la Provincia de Mendoza acuerdan celebrar el Convenio y su Anexo de referencia;

Por ello, conforme con lo dispuesto por el Artículo 128 Inciso 1) de la Constitución Provincial y lo dictaminado por Asesoría Letrada del Ministerio de Agroindustria y Tecnología a fojas 19 del expediente N° 1067-D-2015-01283,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1°

Ratifíquese el Convenio y su Anexo de fecha 04 de marzo de 2015, suscripto entre la Provincia de Mendoza representada por el Señor Gobernador Doctor Francisco Humberto Pérez y el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, representado por su titular Ingeniero Agrónomo Carlos Horacio Casamiquela, por los motivos expuestos en los considerandos del presente decreto y que en fotocopia certificada forma parte del mismo.

Artículo 2°

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

FRANCISCO HUMBERTO PEREZ

Marcelo Fabián Costa

Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca y la Provincia de Mendoza

Entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, en adelante el Ministerio, representado en este acto por el señor Ministro, Ingeniero Agrónomo Don Carlos Horacio Casamiquela, con domicilio en Avenida Paseo Colón N° 982, Piso 1° de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y el Gobierno de la Provincia de Mendoza, en adelante la Provincia, representada por el Gobernador, Doctor Don Francisco Pérez, con domicilio en Avenida Leonard Peltier N° 351 de la Ciudad de Mendoza, Provincia de Mendoza, en adelante las Partes, manifiestan:

Que mediante la Resolución N° 496 de fecha 14 de noviembre de 2008 de la entonces Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos del ex- Ministerio de Economía y Producción, se creó el Programa de Desarrollo de las Economías Regionales.

Que el objetivo principal de dicho Programa es mejorar las condiciones competitivas de las empresas en un marco de desarrollo regional sustentable.

Que el Ministerio se encuentra ejecutando acciones tendientes al mejoramiento de las condiciones de los productores agropecuarios, desarrollando un trabajo sostenido en pos del avance de las economías regionales.

Que la Provincia ha solicitado asistencia financiera en este marco.

Que la actividad vitivinícola constituye una de las economías regionales por excelencia en nuestro país, especialmente en la Provincia, en virtud de su contribución al valor bruto a nivel nacional y a la generación de empleo, entre otros.

Que actualmente la actividad se encuentra atravesando una situación de crisis, lo cual ha derivado en medidas que se han adoptado tanto a nivel nacional como provincial...

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