Decreto Nº 1.024 de 15 de Mayo de 2006
La Plata, 15 de mayo de 2006
VISTO el expediente nº 2436-4612 de 2004 del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, por el que se gestiona la aprobación del Convenio de Asistencia Técnica, celebrado entre la Autoridad del Agua y la Facultad de Ingeniería dependiente de la Universidad Nacional de La Plata, y
CONSIDERANDO:
Que por el referido acuerdo la Autoridad del Agua encomienda a la Facultad de Ingeniería la realización de diversas determinaciones analíticas a través del Laboratorio de Ingeniería Sanitaria del Departamento Hidráulica a realizarse sobre muestras líquidas de agua y efluentes industriales y cloacales (cláusula segunda);
Que en ese contexto la Autoridad del Agua se compromete a abonar una suma mensual de hasta $ 3.500, de acuerdo a las redeterminaciones realizadas;
Que asimismo se establece que en casos excepcionales que requieran el envío de una cantidad de muestras mensuales que superare dicha suma, la mencionada Autoridad del Agua podrá autorizar un aumento de hasta un 50 %, sin que en ningún caso el monto total exceda la suma de $ 45.000 (cláusula cuarta);
Que la presente gestión se encuadra en lo normado por el artículo 26 inciso 3, apartados a) y h) y último párrafo del Decreto- Ley de Contabilidad nº 7764/71 T.O. por Decreto nº 9167/86 y modificatorias;
Que a fs. 37 y vta. toma intervención la Contaduría General de la Provincia;
Que de conformidad con lo dictaminado por la Asesoría General de Gobierno (fs. 34 y vta.), la vista de la Fiscalía de Estado (fs. 47 y vta.) y lo establecido por el artículo 144 -proemio- de la Constitución Provincial, procede dictar el pertinente acto administrativo;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:
PRG- NRO. 1- F 3- F 8- P 1- F 2- PP 3- S 4- P 1.( Dirección de Administración Contable- Autoridad del Agua).
Cumplido archívese.
Eduardo Sicaro Felipe Solá
Ministro de Infraestructura, Gobernador de la Provincia de Buenos Aires
Vivienda y Servicios Públicos
CONVENIO DE
ASISTENCIA TECNICA
Entre la Autoridad del Agua, representada en este acto por su Director Presidente Ing. Indalecio Oroquieta, por una parte, y por otra parte la Facultad de Ingeniería dependiente de la Universidad Nacional de La Plata (U.N.L.P.), representada por su señor Decano Ing. Pablo A. Massa, convienen en celebrar el presente Convenio de Asistencia Técnica, el cual se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: DEFINICIONES
Los términos que figuran en mayúscula a lo largo del texto tendrán el siguiente significado:
CONVENIO: El Convenio de Asistencia Técnica entre la Autoridad del Agua y la Facultad de Ingeniería
L.I.S: Laboratorio de Ingeniería Sanitaria del Departamento de Hidráulica de la Facultad de Ingeniería.
PARTES: Facultad de Ingeniería y Autoridad del Agua.
SEGUNDA: OBJETO
La Autoridad del Agua encomienda a la Facultad de Ingeniería, y ésta acepta, la realización de las siguientes determinaciones analíticas a través del L.I.S.:
P.C.B.´s Bifenilos Policlorados
B.T.E.X. Benceno, Tolueno, Etilbenceno y Xilenos.
R.O.D y R.O.G. Rango Nafta y Rango Gasoil
H.C. Hidrocarburos Totales por Infrarrojo
Metales Pesados Plomo, Cromo, Cobre, Cadmio, Cinc, Níquel, Aluminio y Mercurio
Pesticidas Organiclorados y Organofosforados
Análisis Físico-Químicos de agua potable
Análisis bacteriológicos de agua potable
Análisis Físico-Químicos de efluentes cloacales e industriales
A realizarse sobre muestras líquidas de agua y efluentes industriales y cloacales entregadas por la Autoridad del Agua al L.I.S.
TERCERA: TECNICAS APLICABLES A LOS...
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