Decreto 937-2012

Fecha de la disposición 4 de Abril de 2012

DECRETO Nº 0937

SANTA FE; "Cuna de la Constitución Nacional",

26 MAR 2012

VISTO:

El Expediente Nº 00401-0217293-3 del registro del Ministerio de Educación, mediante el cual la Secretaría de Educación gestiona la adopción de medidas que aseguren la cobertura de suplencias en cargos de base y horas cátedra, correspondientes a los establecimientos educativos oficiales de Nivel Secundario (abarcando aquellos de Educación Técnica y Modalidad Secundaria para Adultos) para el inicio del período escolar 2012; y

CONSIDERANDO:

Que la Secretaría actuante destaca que la presente gestión reactualiza las consideraciones del Decreto Nº 0347/11, que autorizó medida similar a la solicitada para el período escolar 2011;

Que operativamente la aplicación del escalafón en cuestión, posibilitará su uso comenzando los ofrecimientos por el docente que se encuentra en primer lugar de la lista. Entendiéndose la utilización completa y desde el inicio de aquél, de tal forma que se asegure el recorrido del trayecto de mérito, conforme las evaluaciones de los antecedentes que oportunamente se realizaron;

Que una vez recepcionados los escalafones correspondientes al año 2012 serán de aplicación para la cobertura de suplencias que se generen desde la fecha en que se efectivice dicha recepción, normalizando el sistema de escalafonamientos;

Que cabe destacar que mediante las Resoluciones Nros. 64 y 69/11, y su rectificatoria Nº 97/12, se aprueba la estructura curricular correspondiente al Ciclo Básico de la Educación Secundaria y al Primer Ciclo de la Educación Secundaria Modalidad Técnico Profesional, respectivamente, que se implementa a partir del Ciclo Lectivo 2012, en el Primer y Segundo Años y se homologan los estudios cursados y aprobados por los alumnos de Primer Año – Plan Decreto Nº 2742/99 u otro que cuente con aprobación provincial o nacional – cohorte 2011-, conforme la equivalencia establecida en el Apartado 1.2 del Anexo II del Decreto Nº 181/09;

Que además, el Decreto Nº 485/12 aprueba los criterios y procedimientos para conformar las plantas de personal docente de las Escuelas Secundarias dependientes de las Direcciones Provinciales de Educación Secundaria, de Educación Técnica, Producción y Trabajo de la Cartera Educativa y de la Dirección Provincial de Educación Artística dependiente del Ministerio de Innovación y Cultura mediante el Régimen de Reubicación del Personal Docente Titular e Interino de los establecimientos educativos pertenecientes a los citados organismos;

Que se solicita a su vez la homologación de dichos escalafones 2010, para ser utilizados durante el Ciclo Lectivo 2012, en concordancia con la normativa vigente para la nueva currícula de la Educación Secundaria;

Que cabe recordar que Fiscalía...

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