Decreto 864. Modificación. Decreto N° 357\/2002.

Fecha de disposición19 Julio 2016
Fecha de publicación19 Julio 2016
MateriaDerecho Público y Administrativo
SecciónDecretos

Decreto 864/2016

Modificación. Decreto N° 357/2002.

Bs. As., 18/07/2016

VISTO el Expediente N° S01:0207021/2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, los Decretos Nros. 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, y 1 de fecha 4 de enero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, entre ellos los referidos al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, para cumplir con las responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus competencias.

Que a través del Decreto N° 1 de fecha 4 de enero de 2016 se aprobó la conformación organizativa de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, en cuya órbita se encuentra, entre otras, la SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN.

Que teniendo en cuenta el volumen de programas de financiamiento llevados a cabo por el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, resulta necesario contar con un área especializada que los reúna.

Que, en función de ello, corresponde transferir la SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN, de la órbita de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA a la órbita de la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, adecuando los objetivos de aquellas a los nuevos fines.

Que la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.

Que la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que han tomado intervención los Servicios Jurídicos competentes en virtud de lo dispuesto por el Artículo 7°, inciso d) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE

DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°

Transfiérese la SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN y sus unidades organizativas dependientes, de la órbita de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA a la órbita de la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

ARTÍCULO 2°

Sustitúyese del Anexo I al Artículo 1° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 --Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada-- el Apartado XXIII, correspondiente al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, el que quedará redactado de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa (IF-2016-00309027-APN-MP) al presente artículo que forma parte integrante de este decreto.

ARTÍCULO 3°

Sustitúyense del Anexo II al Artículo 2° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero del 2002 sus modificatorias y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR