Decreto 417/2010

EmisorMinisterio de Agricultura, Ganaderia y Pesca
Fecha de la disposición30 de Marzo de 2010

Que el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a través de la SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION TERRITORIAL DE LA INVERSION PUBLICA, definió como objetivo fundamental de la Política Nacional de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, guiar todas las intervenciones con impacto espacial hacia un desarrollo equilibrado, integrado, sustentable y socialmente justo a partir del aprovechamiento de las diferentes ventajas comparativas y del potencial humano de cada región.

Que en base a estos conceptos, los equipos técnicos del GOBIERNO NACIONAL coordinaron la realización del 'Plan Estratégico Territorial 1816-2016 --Argentina del Bicentenario--, Avance 2008' qué contó con la valiosa participación y colaboración de los equipos técnicos de los Gobiernos Provinciales, reafirmando el espíritu federal que lo sustenta, en el marco de la etapa histórica de construcción y desarrollo de un nuevo modelo de país y de consolidación del crecimiento económico y fortalecimiento del bienestar social.

Que por todo lo antedicho, 'LAS PARTES' consideran conveniente generar un marco institucional apropiado para formalizar la dinámica de articulación y comunicación entre la Nación y las Jurisdicciones Federales a través de la constitución de un CONSEJO FEDERAL DE PLANIFICACION Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL integrado por las mismas, que vele por la implementación efectiva de la Política Nacional de Desarrollo y Ordenamiento Territorial.

Por ello, 'LAS PARTES' convienen celebrar el presente Acta Acuerdo, conforme a las siguientes cláusulas:

CLAUSULA PRIMERA: Déjase formalmente constituido el CONSEJO FEDERAL DE PLANIFICACION Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL que tendrá por objeto velar por la implementación efectiva de la Política Nacional de Desarrollo y Ordenamiento del Territorio de la Nación.

CLAUSULA SEGUNDA: El Consejo tendrá por misión participar en la planificación, articulación e implementación de los aspectos de la política territorial que comprometen la acción conjunta de la Nación, las Provincias y la Nº 31.873 4

Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico competente.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto 1759/72 T.O. 1991.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Recházase el recurso jerárquico subsidiariamente interpuesto por el ex agente del entonces SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL, organismo descentralizado en la órbita de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, señor D. Eduardo MUZIO (M.I. Nº 5.182.784), contra la Resolución Conjunta Nº 21 del 20 de marzo de 1992 de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA, entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION y del mencionado ex Servicio Nacional.

Art. 2º

Hágase saber al recurrente que con el dictado del presente acto queda agotada la vía administrativa, encontrándose expedita la vía judicial, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto 1759/72 T.O. 1991, sin perjuicio de la posibilidad de interponer el recurso contemplado por su Artículo 100.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la...

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