Decreto 782-2013

Fecha de la disposición26 de Abril de 2013

DECRETO Nº 0782

SANTA FE, "Cuna de la Constitución

Nacional", 17 ABR 2013

V I S T O:

El expediente Nº 15601-0000315-2 del S.I.E., mediante el cual la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria propicia la aprobación de la reglamentación de la Ley Nº 13.190 de Asistencia a la Enfermedad Celíaca; y

CONSIDERANDO:

Que la celiaquía es una enfermedad autoinmune, que se caracteriza por la inflamación crónica de la parte próxima del intestino delgado o yeyuno, causada por la exposición a la gliadina, que es uno de los componentes del gluten;

Que éste se encuentra presente en el trigo, la avena, la cebada y el centeno, como también en todas sus variedades cruzadas;

Que la población que padece esta enfermedad requiere de una dieta de alimentos especial, en particular, libre de gliadina;

Que la Ley Nº 26.588, promulgada en fecha 29/12/09, declara de interés nacional todo lo relativo a la enfermedad celíaca, involucrando en ello la atención médica, la investigación clínica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección temprana, el diagnóstico y tratamiento, su difusión y el acceso a los alimentos libres de gluten, habiéndose reglamentado la misma mediante Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 528/2011;

Que, en congruencia, el Ministerio de Salud de la Nación confeccionó la Guía Práctica Clínica sobre Diagnóstico y Tratamiento de la Enfermedad Celíaca, constituyendo la misma un material de referencia para enfatizar conceptos y criterios técnicos;

Que, por su parte, la Provincia de Santa Fe, mediante Ley Nº 13.190, adhirió a la precitada Ley Nacional;

Que a fin de garantizar el Derecho a la Salud de las personas que padecen dicha enfermedad en la Provincia, es necesario contar con herramientas y mecanismos específicos que permitan, entre otras cosas, detectarla, diagnosticarla y otorgarle un tratamiento;

Que resulta necesario asistir a las personas que padecen tal patología, atento a que se encuentran en riesgo de deterioro nutricional y con posible pérdida en su calidad de vida;

Que es conveniente organizar el abordaje de la enfermedad en forma completa, incluyendo en los sistemas de salud su cobertura como también la disponibilidad de prestaciones de la asistencia social;

Que dichas prestaciones deben ser valorizadas y enmarcadas en los necesarios márgenes de razonamiento administrativo y económico para...

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